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Esta es la fecha en que se pagará el aguinaldo de 40 días autorizado por Claudia Sheinbaum

El monto se calculará según el sueldo o pensión correspondiente y se cubrirá con el presupuesto de cada área mencionada en el decreto.
vie 07 noviembre 2025 03:36 PM
El aguinaldo de 40 días ya tiene fecha de pago: este día se paga la prestación tras el decreto de Sheinbaum
La Presidencia publicó en el DOF el decreto que fija la fecha del pago del aguinaldo de 40 días. (Expansión/Google AI Studio)

La presidencia de la República dio a conocer la fecha en que comenzará el pago del aguinaldo equivalente a 40 días de salario, anunciado recientemente en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Mientras que la mayoría de la población recibirá el aguinaldo habitual de 15 días, algunos servidores públicos con determinados cargos tendrán derecho a un monto mayor: un mes y 10 días de sueldo adicionales.

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¿Cuándo se empieza a pagar el aguinaldo de 40 días?

En el decreto firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y el secretario de Hacienda, Édgar Amador Zamora, se establece también la fecha en que se cubrirá esta prestación extraordinaria.

A diferencia del aguinaldo regular que reciben la mayoría de los trabajadores del país —con fecha límite de pago al 20 de diciembre—, el aguinaldo especial de 40 días comenzará a pagarse a partir del lunes 10 de noviembre.

De esta forma, las personas beneficiarias podrán ver reflecido el depósito en sus cuentas bancarias justo antes del inicio del Buen Fin 2025.

Es oficial: quiénes recibirán 40 días de aguinaldo por decreto de Claudia Sheinbaum
El aguinaldo de 40 días aplica solo para servidores públicos federales, no para trabajadores del sector privado. (Expansión/Google AI Studio)

¿Quiénes tienen derecho al aguinaldo de 40 días?

El pago extraordinario de 40 días no está destinado a los trabajadores del sector privado ni a la mayoría de las personas empleadas bajo la Ley Federal del Trabajo.

Se trata de una prestación exclusiva para ciertos servidores públicos del gobierno federal, con base en el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación.

De acuerdo con el documento, este beneficio aplica para:

-Servidores públicos de las dependencias y entidades del Ejecutivo federal, regulados por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

-Personal operativo, de confianza, de enlace y de mando, así como quienes laboran en la Oficina de la Presidencia y en tribunales administrativos.

-Integrantes del Servicio Exterior Mexicano, tanto los que trabajan en el país como quienes están en embajadas y consulados.

-Personal militar en activo.

-Personas contratadas por honorarios con cargo a recursos públicos.

-Pensionistas, jubilados y deudos que reciben haberes o pensiones a través del ISSSTE o del erario federal, incluidos los veteranos de la Revolución Mexicana.

El monto se calculará con base en el sueldo, pensión o cuota correspondiente y se cubrirá con el presupuesto de cada dependencia.

El decreto también precisa que no tendrán derecho al aguinaldo de 40 días quienes trabajen bajo honorarios especiales o en convenios educativos con gobiernos estatales.

¿Cómo se paga el aguinaldo para los trabajadores del sector privado?

A diferencia del aguinaldo de 40 días que reciben ciertos servidores públicos, los trabajadores del sector privado se rigen por lo establecido en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Esta disposición señala que todas las personas trabajadoras tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente, como mínimo, a 15 días de salario, el cual debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año.

Si el empleado no ha cumplido un año completo de servicio, también tiene derecho a recibir la parte proporcional correspondiente al tiempo que haya laborado, sin importar si sigue trabajando o ya dejó el empleo.

El pago debe hacerse en dinero, no en especie ni vales, y el monto no puede sustituirse por otros beneficios o prestaciones.

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