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Declaración anual del SAT 2025: cuándo se realiza, quiénes deben presentarla y qué pasa si no cumples

Llegó el momento de presentar la declaración anual 2025 ante el SAT. El fisco da fecha límite para que las personas físicas cumplan con esta obligación.
lun 23 marzo 2026 05:55 AM
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La Declaración Anual 2025 se debe realizar entre el 1 y el 30 de abril de 2026. Antes de este periodo, estará activo el simulador para anticiparse a su presentación. (Foto: @SATMX / 𝕏)

Durante todo el año, los contribuyentes tienen distintas obligaciones fiscales como emitir avisos o realizar comprobantes de manera correcta, pero en abril ocurre el acontecimiento más importante: la declaración anual.

En ella, se realiza un informe para que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) determine cuántos impuestos corresponden a cada persona y, con ello, obtener un saldo a pagar o generar saldo a favor que podrá ser solicitado por una devolución.

Con el objetivo de tener las bases claras, Expansión comparte la información clave para el ejercicio de 2025.

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¿Quiénes están obligados a presentar la declaración anual?

En el caso de las personas físicas, la obligatoriedad responde al tipo de régimen fiscal adscrito, o de situaciones particulares sobre los ingresos generados en el ejercicio fiscal.

Sueldos y salarios
- Cuando los ingresos provienen de un solo empleador, con el que se terminó la relación laboral antes del 31 de diciembre.
- Si se obtuvieron ingresos de distintos salarios.
- Si trabajaron para dos o más empleadores al mismo tiempo.
- Si los ingresos provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
- Si se obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
- Si la totalidad de los ingresos anuales por Sueldos y Salarios excede los 400,000 pesos.

Servicios Profesionales: Personas que obtienen ingresos por cuenta propia y generan comprobantes por honorarios.

Actividades Empresariales: Personas que ejercen actividades empresariales. Incluyen:
- Plataformas tecnológicas
- Región fronteriza
- Régimen de Incorporación Fiscal (FIF) con coeficiente de utilidad

Arrendamiento: Personas que reciban ingresos por cobrar rentas de algún inmueble (departamento, casa o local comercial).

Intereses o dividendos.

Enajenación de bienes: Si vendieron algún bien.

¿Cuándo se hace la declaración anual 2026 para personas físicas?

La declaración debe realizarse entre el miércoles 1 al jueves 30 de abril de 2026. Durante este periodo, las y los contribuyentes deberán informar sus ingresos, retenciones y deducciones del ejercicio fiscal anual anterior inmediato, que corresponde de enero a diciembre de 2025.

Antes de que comience este plazo, el Servicio de Administración Tributaria pone a disposición diferentes herramientas para que las personas verifiquen su información y preparen lo necesario para realizar el informe de manera satisfactoria.

Entre las herramientas están los visores de nómina para personas trabajadoras y de deducciones personales , mismas que están disponibles todo el año; y el simulador de declaración, que está activo durante marzo.

¿Qué se puede deducir?

Para reducir la carga fiscal, el Servicio de Administración cuenta con un listado de diferentes gastos deducibles que, bien aplicados, disminuyen la base gravable para el cálculo de impuestos anuales.

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En resumen, corresponden a los siguientes conceptos:

a) Gastos médicos y hospitalarios
- Honorarios médicos
- Tratamientos y consultas dentales
- Servicios de psicología y nutrición
- Gastos médicos por incapacidad o discapacidad
- Gastos hospitalarios
- Medicinas incluidas en facturas de hospitalización
- Análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis
- Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación
- Honorarios a personal de enfermería
- Lentes ópticos graduados de hasta 2,500 pesos

B) Seguros
- Primas de gastos médicos complementarios o independientes hasta 41,274 pesos en 2025

C) Colegiaturas
Pago por la cobertura educativa, con límite de gasto según los niveles:
- Preescolar: 14,200 pesos
- Primaria: 12,900 pesos
- Secundaria: 19,900 pesos
- Profesional técnico: 17,100 pesos
- Bachillerato o equivalente: 24,500 pesos

D) Transporte escolar obligatorio

E) Aportaciones complementarias y voluntarias para el retiro, hasta un monto equivalente al 10% de los ingresos acumulables del contribuyente

F) Depósitos en cuentas personales especiales para el ahorro

G) Créditos hipotecarios con el sistema financiero, Infonavit, Fovissste, entre otros

H) Gastos funerarios que no excedan el valor de la UMA anual

I) Donativos, siempre que no sean superior a 7% de los ingresos acumulables que sirvan de base para el cálculo del ISR

Para aplicar, deben de contar con una factura, con los Uso de CFDI correctos por deducción, y que la forma de pago haya sido una de las opciones aprobadas por el SAT (cheque nominativo, transferencia electrónica, tarjeta de débido, crédito o de servicios).

Además, la suma de todas las deducciones no puede exceder a cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales, o el 15% del total de los ingresos del contribuyente, incluidos los exentos.

En el primer caso, el límite sería 206,367.6 pesos. El segundo parámetro depende del total de ingresos.

A continuación, está una guía de cómo se aplican las deducciones personales y los datos que debe tener cada factura para ser efectiva.

¿Dónde se presenta?

La declaración anual se presenta de manera electrónica, a través del sitio oficial del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Una manera segura para acceder, sería mediante el siguiente procedimiento:

1. Ingresa a https://www.sat.gob.mx/portal/public/tramites-y-servicios y selecciona el botón de Declaraciones para personas.

2. En la sección de Inicia el trámite, da clic en el botón Anual y abre el enlace del primer paso. El portal del SAT te dirigirá a una nueva pestaña para acceder con e.firma o con contraseña.

3. Se actualizará la plataforma, y deberás seleccionar las diferentes opciones:

Ejercicio: 2025
Tipo de declaración: Normal
Periodo: Del Ejercicio

4. Realiza el informe según tus ingresos y deducciones. Podrás guardar el formulario de declaración para editar posteriormente, o enviarlo de una vez.

5. Guarda el acuse de declaración y, en su caso, la línea de captura.

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¿Qué pasa si no la hago?

Omitir la declaración anual ocasiona sanciones económicas. Según los artículos 81, fracción I, y 82, fracción I del Código Fiscal de la Federación, se impondrán multas de 2,050 a 25,360 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas en el informe.

El Código señala que las autoridades podrán exigir su cumplimiento, además de imponer la multa hasta en tres ocasiones, otorgando 15 días entre cada requerimiento.

“Si no se atienden los requerimientos se impondrán las multas correspondientes que, tratándose de declaraciones, será una multa por cada obligación omitida”, señala la fracción I del artículo 41.

Cabe señalar que el pago de las multas no exime la obligación de presentar la declaración.

Además, también puede haber un cambio negativo en la Opinión de Cumplimiento del SAT, o 32-D, un documento que señala que se está al corriente con sus obligaciones fiscales y suele ser requisitos en diferentes trámites.

Simulador de la declaración anual del SAT

Antes de que entre en vigor el periodo de presentación, la autoridad fiscal habilita un micrositio y un simulador para que los contribuyentes revisen su información de forma anticipada.

En 2026, la herramienta estará disponible del 2 de marzo al 31 de marzo en su portal oficial, la cual cuenta con diferentes actualizaciones para llenar los formularios de la declaración.

Para acceder a él, se podrá realizar desde desde el sitio oficial del SAT ( https://www.sat.gob.mx/portal/public/tramites-y-servicios ) o el apartado de Declaración Anual 2025 Personas ( https://www.sat.gob.mx/minisitio/DeclaracionAnual/Personas/index.html ) al dar clic en el banner promocional.

Se requiere de RFC y contraseña, o por e.firma. Puedes revisar el tutorial aquí .

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