El Décimo Transitorio ofrece tres modalidades diferentes de pensión.(simonmayer/Getty Images)
Omar Gutiérrez
Los trabajadores de algún organismo del gobierno que cotizaron en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los trabajadores del Estado (ISSSTE) tienen dos posibles caminos para su jubilación.
Una de ellas es la llamada Ley del ISSSTE 2007 y la otra es el llamado Décimo Transitorio, también conocida como Régimen Anterior.
La modalidad de jubilación por el llamado Décimo Transitorio le corresponde a los trabajadores que eligieron mantenerse en el régimen modificado del ISSSTE y ya cotizaban al instituto antes de la entrada en vigor de la nueva Ley del ISSSTE (1 de abril de 2007), son quienes decidieron mantenerse en este esquema en lugar de cambiarse a la modalidad de cuentas individuales.
¿Cómo se calcula la pensión ISSSTE bajo el décimo transitorio?
En este esquema, la pensión se calcula de acuerdo al sueldo básico del último año inmediato a la fecha en la que se dio de baja como trabajador.
Bajo el esquema del Décimo Transitorio, existen tres modalidades diferentes por las que una persona se puede pensionar:
- Pensión por jubilación
- Pensión por edad y tiempo de servicio
- Pensión por cesantía en edad avanzada
Pensión por jubilación
En esta modalidad se toman en cuenta dos factores: los años cotizados al ISSSTE y la edad. El importe de la pensión será el 100% del sueldo básico del último año anterior a la baja como trabajador.
CONSAR
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Requisitos:
- Estar registrado en una Afore para poder realizar el trámite de disposición de recursos.
- Tener el Expediente de Identificación de Trabajador actualizado.
- Contar con un mínimo de 30 años de servicio para hombres y 28 años de servicio para mujeres. La edad irá aumentando cada año como lo indica esta tabla:
Pensión por edad y tiempo de servicio
Esta modalidad toma en cuenta los años de servicio y la edad. En este caso, los años de servicio determinarán el monto de la pensión, que será equivalente a un porcentaje del sueldo básico del último año inmediato anterior a la fecha de baja del trabajador.
A diferencia de la Pensión por Jubilación y la Pensión por Cesantía en edad avanzada, en esta modalidad se debe contar con un mínimo de 15 años de servicio.
El porcentaje de pensión se otorgará dependiendo de los años trabajados, como se muestra en esta tabla:
CONSAR
Requisitos:
- Estar registrado en una Afore para poder realizar el trámite de disposición de recursos.
- Contar con mínimo 15 años de servicio.
- Tener actualizado el Expediente de Identificación deTrabajador.
Pensión por Cesantía en Edad Avanzada
A diferencia de la Pensión por Jubilación y la Pensión por edad y tiempo de servicio, en esta modalidad se requiere como mínimo 10 años de servicio y el monto de la pensión será equivalente a un porcentaje del promedio del sueldo básico del último año inmediato anterior a la fecha de baja:
- Estar registrado en una Afore para poder realizar el trámite de disposición de recursos.
- Contar con mínimo 10 años de servicio.
- Tener el Expediente de Identificación de Trabajador actualizado.
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¿Qué pasa si no cumplo con los requisitos para obtener una pensión?
En caso de no cumplir con los requisitos para una pensión, el ISSSTE dará una resolución de improcedencia de pensión con la que el trabajador podrá recuperar la totalidad de recursos que se hayan acumulado en la cuenta Afore.
Requisitos:
- Estar registrado en una Afore para poder realizar el trámite de disposición de recursos.
- Tener actualizado el Expediente de Identificación de Trabajador.