“Sostenemos que se involucró en tal discriminación”, agregó la corte.
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Los jueces de la corte de apelaciones concluyeron que “la Primera Enmienda no permite que un funcionario público que utiliza una cuenta de redes sociales para todo tipo de propósitos oficiales excluya a personas de un diálogo en línea, que de otra manera estaría abierto, porque expresaron opiniones con las que el funcionario no está de acuerdo”.
En mayo de 2018, la jueza federal de Nueva York, Naomi Reice Buchwald, dictaminó que Trump viola la Constitución al bloquear usuarios en Twitter.
En su fallo, la jueza escribió que “ningún funcionario del gobierno —incluido el presidente— está por encima de la ley, y se supone que todos los funcionarios del gobierno siguen la ley como ha sido declarada”.
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“Sostenemos que las porciones de la cuenta @realDonaldTrump —el ‘espacio interactivo’ donde los usuarios de Twitter pueden interactuar directamente con el contenido de los tuits del presidente— se analizan adecuadamente bajo las doctrinas de ‘foro público’ establecidas por la Corte Suprema, que dicho espacio es un foro público designado, y que el bloqueo de los demandantes basado en su discurso político constituye una discriminación en el punto de vista que viola la Primera Enmienda”, escribió Buchwald.
El Knight Institute, que presentó la demanda en nombre de varias personas que han sido bloqueadas por Trump, aplaudió la decisión en ese entonces.
El Departamento de Justicia defendió el año pasado la actividad de Twitter de Trump, sosteniendo que el silenciamiento está dentro de las “libertades asociativas” del presidente. Él puede ser presidente, argumentó el Departamento de Justicia, pero Trump aún mantiene el derecho de decidir con quién pasa el tiempo en la plataforma de redes sociales.
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