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Argentina, el país latinoamericano donde los derechos de los trabajadores se deterioran más

El presidente ultraliberal Javier Milei promueve una reforma laboral que reduce la indemnización por despido y amplia la jornada.
Los manifestantes se protegen detrás de una pancarta que dice "La reforma laboral mata mi libertad" de un cañón de agua disparado por la policía antidisturbios durante una protesta convocada por los sindicalistas contra el debate sobre la reforma laboral que tiene lugar en el Congreso Nacional en Buenos Aires el 11 de febrero de 2026.
La reforma laboral de Milei fue aprobada el 27 de febrero entre protestas de los sindicatos y una huelga general. (FOTO: LUIS ROBAYO/AFP)

Argentina dio un paso atrás en materia de derechos laborales. En febrero, en medio de protestas de sindicatos y una huelga general, se aprobó una reforma promovida por el gobierno del presidente Javier Milei, que reduce las indemnizaciones por despido y amplía la jornada laboral hasta 12 horas sin pago de horas extras.

Como resultado, este año cayó en la categoría 5, la más baja del Índice Global de los Derechos de la Confederación Sindical Internacional (CSI) y se incorpora a la lista de los 10 peores países para los trabajadores", se señala en reporte publicado este lunes.

"Las condiciones para los trabajadores y los sindicatos se han vuelto cada vez más represivas y hostiles con el gobierno de extrema derecha del presidente Javier Milei", sostiene el estudio.

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Milei sostiene que la reforma laboral, que también permite el pago en especie y limita el derecho a huelga, impulsará el empleo, la inversión privada y el trabajo registrado en un país con 43% de informalidad.

Además, Argentina ha limitado las protestas sociales contra esas medidas. Instituyó un protocolo antibloqueo para mantener “el orden público en caso de bloqueos de carreteras”, por el cual se autoriza a hacer un uso indiscriminado de la fuerza policial.

El estudio afirma que es el segundo año consecutivo en el que la calificación del país empeoró, lo que representa un descenso “brusco y sin precedentes” de la categoría 3 a 5 en solo dos años. El grupo 5 corresponde al de los países con "derechos no garantizados”.

Este retroceso obedece a la "existencia de violaciones regulares de los derechos a una situación en la que los trabajadores no tienen garantizados sus derechos”.

¿En qué consiste la reforma laboral de Milei?

La reforma laboral de Milei —también llamada "ley de modernización laboral—
fue aprobada el 27 de febrero y es presentada por el gobierno del libertario como una herramienta para fomentar el empleo "blanco" (formal), facilitar nuevas contrataciones y reducir la litigiosidad.

El gobierno sostiene que la norma permitirá "unificar criterios", evitar juicios laborales y aliviar a las pequeñas y medianas empresas.

Los sindicatos, por su parte, al considerarla "regresiva" y "anticonstitucional" organizaron protestas y buscaron detenerla ante los tribunales; sin embargo, un fallo judicial provisional del 23 de abril dio luz verde a la aplicación de legislación hasta que se resuelva la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad de la misma.

Aquí los cuatro puntos principales de la reforma impulsada por el gobierno argentino:

1. Jornada y vacaciones

La "Ley de Modernización Laboral" modifica la Ley de Contrato de Trabajo vigente y otros regímenes. Permite extender la jornada diaria de ocho a hasta 12 horas sin pago de horas extras, pero compensadas con horas libres a convenir a partir de un banco de horas o con francos compensatorios.

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Las vacaciones pueden fraccionarse en tramos de siete días, en lugar de en un mínimo de 14 como era hasta ahora.

Aunque el proyecto explicita que estos cambios serán de mutuo acuerdo, los sindicatos interpretan que la disparidad de fuerza irá en detrimento del trabajador.

2. Indemnizaciones

La ley reduce los montos de las indemnizaciones por despido y habilita para costearlas un fondo financiado con contribuciones mensuales deducidas de los aportes jubilatorios.

Además, la reforma hace explícitos los criterios de actualización de montos para el pago de los juicios laborales, que hasta ahora quedaban a consideración de cada juez, y permite a los empleadores pagar las sentencias condenatorias en hasta 12 cuotas.

Estas modificaciones incumplen "el deber del Estado de proteger la fuente de trabajo" al eliminar el "efecto disuasivo" de las indemnizaciones sobre los despidos sin causa, dijo Matías Cremonte, presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados y Abogadas Laboralistas, a la AFP.

3. Salarios y convenios

La nueva norma habilita a los empleadores a pagar salarios en moneda extranjera o parcialmente en especies: es decir, con comida, habitación u otros bienes y servicios.

Además, permite renegociar contratos para ajustar salarios según métricas de productividad, cumplimiento de objetivos o desempeño.

Los convenios colectivos hechos por empresa o regionales tendrán prioridad por sobre los convenios establecidos de cada sector laboral.

Además, se derogan algunos estatutos profesionales, entre ellos el de periodistas.

El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) y los sindicatos del sector rechazaron la derogación al considerar que constituye "un grave retroceso para la calidad institucional y la independencia del periodismo argentino”.

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4. Derecho a huelga

La norma incorpora porcentajes mínimos de funcionamiento durante huelgas del 75% para rubros como telecomunicaciones, aeronáutica comercial y educación y del 50% para un amplio número de industrias incluyendo medicamentos, siderurgia, alimentos, construcción, minería y comercio electrónico.

Además, las asambleas de personal y los congresos de delegados deberán contar con autorización del empleador, y el trabajador no cobrará por ese tiempo.

“La restricción del derecho de huelga es ostensiblemente contraria a toda la normativa de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y de la Convención Americana de Derechos Humanos”, dijo Cremonte.

¿Cómo está México y el resto de los países de Latinoamérica?

La CSI señala que aunque hay países con un deterioro más marcado, como el caso argentino, en casi todo el mundo se observa un retroceso de los derechos de los trabajadores.

“A escala mundial, 6 de cada 10 trabajadores se enfrentan a entornos hostiles a los sindicatos, entornos caracterizados, cuanto menos, por la violación sistemática de sus derechos”, indica el índice de la CSI.

Además, Argentina, Ecuador y Panamá se encuentran entre los "10 peores países del mundo" para los derechos de los trabajadores. El grupo se completa con Bielorrusia, Egipto, Esuatini, Birmania, Nigeria, Túnez y Turquía.

En el caso de Panamá, la CSI señaló que "trabajadores y sindicatos de este país centroamericano carecen de garantías en cuanto a sus derechos básicos, y se enfrentan a una opresión constante por parte de los empleadores y del Estado”.

Sobre Ecuador, el informe apuntó que "los legisladores ecuatorianos promulgaron en 2025 una ley que permite ejercer la vigilancia sin disponer de una orden judicial, así como interceptar comunicaciones y recopilar datos privados”.

Brasil, Costa Rica, El Salvador, Perú y Trinidad y Tobago están en el grupo 4, sobre países con "violaciones sistemáticas de derechos”.

Bahamas, Bolivia, Chile, Jamaica, México y Paraguay aparecen en el grupo 3, con "violaciones regulares" de derechos. Sobre México, el estudio resalta las ejecuciones extrajudiciales de líderes sindicales.

En el grupo 2 ("violaciones repetidas") aparecen España, Portugal y República Dominicana.

El único país latinoamericano en el grupo 1 ("violaciones esporádicas") es Uruguay, junto a Alemania, Austria, Dinamarca, Islandia, Irlanda, Noruega y Suecia.

El estudio pone de relieve que Uruguay constituye "una excepción en una región caracterizada en gran medida por la represión sindical y la explotación".

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