OPINIÓN: ¿Qué pasa con las deudas crediticias de alguien que fallece?
Nota del editor: Iván Hernández es Business Strategist y apasionado del emprendimiento, licenciado en Comercio Internacional por el Tecnológico de Monterrey y magíster en Marketing Digital por la universidad de FullSail en Orlando Florida. Actualmente es Director de Producto en Coru, plataforma de comparación de servicios financieros en México. Las opiniones en esta columna pertenecen exclusivamente al autor.
(Expansión) – Cada día, treinta y dos personas mueren imprevistamente en México tan solo a causa de accidentes, según los reportes del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP). La muerte es un evento que llega de distintas formas, y aunque en muchos casos de manera inesperada, hay que estar preparado para ella. Una de las dudas más angustiantes para la familia de un fallecido es qué pasará con las deudas que dejó, comúnmente aquellas que se adquirieron con tarjetas de crédito y préstamos.
OPINIÓN: Que tus familiares no te hereden deudas
Si bien cada banco establece un proceso diferente en caso de muerte para uno de sus clientes, existen pasos generales que debes conocer. En principio, la institución financiera está obligada a cancelar una tarjeta de crédito cuando el titular fallece. No deberían existir problemas para solicitarlo, pero llegan a ocurrir y por eso es vital informarse.
Importante: Cancelar las tarjetas de crédito de un fallecido
En México los bancos eliminan la deuda de una tarjeta de crédito cuando su titular fallece. Esto pasa en el caso de las tarjetas bancarias. Las tarjetas departamentales no necesariamente eliminan la deuda.
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Un adeudo generalmente desaparece por dos razones: 1) el tarjetahabiente adquiere un seguro al momento de contratar la tarjeta que ampara la deuda en caso de fallecimiento o 2) el banco condona la deuda en la línea de crédito cuando el titular fallece.
En ambos casos los familiares no tienen la obligación de cubrir la deuda que había en la cuenta al momento del fallecimiento, pero sí de notificar en los siguientes 180 días el deceso del interesado. Este último punto es muy importante, ya que si hay cargos posteriores a la defunción, sí deberán pagarlos, esto aplica tanto en la tarjeta titular como en las tarjetas adicionales.
¿Qué pasa con los adeudos y el buró de crédito de alguien que muere?
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Desde que empezamos una vida crediticia, toda nuestra actividad está incluida en el reporte mensual del Buró o del Círculo de Crédito. Así, cada vez que pides un crédito, estas sociedades de información crediticia envían tu información a la entidad donde apliques para hacerles saber si eres o no un pagador responsable.
Cuando algún tarjetahabiente o deudor muere, el banco o financiera emite un aviso al Buró de Crédito, el cual a su vez pone una ‘clave de observación’ en el registro de esa persona para que no se haga mal uso de la información, por ejemplo, en el caso de suplantación de identidad.
Cuándo afectan las deudas de los muertos a los vivos
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“Cuando el crédito es uno mancomunado con aval, obligado solidario, crédito de grupo o similar, el adeudo aparecerá en el historial crediticio de todos los que son co dueños y corresponsables del pago”, explica Wolfgang Erhardt Varela, vocero del Buró de Crédito, eso quiere decir que si una persona fallece y tú eres el co acreditado y no pagas, se verá reflejado el mal - buen- historial crediticio en todos los co dueños de este financiamiento.
Dicho de otra forma, las decisiones que se tomaron sobre este crédito (buenas o malas) cuando estaba viva la persona que falleció, se ven reflejadas desde el inicio del crédito en todos los historiales crediticios de todos los co acreditados.
Por otro lado, si el crédito que tuvo la persona en vida es de un bien que se puede heredar, el contrato del crédito sí puede afectar, para bien o mal, al heredero.
3 seguros que ofrece tu tarjeta de crédito
La recomendación principal es conocer de antemano las políticas para cancelar una cuenta por fallecimiento en tu contrato de tarjeta o crédito. Casi siempre vienen en los apartados de: Seguros, Liberación de saldos por fallecimiento, Régimen del saldo por fallecimiento, Seguros sobre saldos o Liberación de saldo insoluto por fallecimiento.
Un tip: si te vuelves a casar y/o cambias de beneficiarios legales, lo más indicado es que actualices tu información en los bancos y entidades crediticias donde seas cliente, así, en caso de que fallezcas la deuda no pasará a personas con quienes ya no tienes relación.
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