Encontramos elementos en el Decreto que, lejos de un fundamento jurídico expreso, están más fundados en elementos dogmáticos e históricos, y así el Decreto adolece de la obligación de cumplir y satisfacer diversos requisitos y elementos de legalidad consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Nada más.
La carga “ideológica”, que no necesariamente tiene un sustento en el marco constitucional vigente, debilita la legalidad del Decreto o, dicho en el otro sentido, fortalece su inconstitucionalidad, acción que seguramente prosperará.
Acorde con el Decreto, se establecen prioridades de generación y despacho, limitando criterios previos como el “despacho económico”, que determinaba la generación más barata (ciclos combinados) o inclusive proyectos que combatían las denominadas “externalidades” (renovables o energías limpias).
La pifia de generar más caro y más sucio
Los nuevos criterios que busca el Decreto son contrarios a los compromisos internacionales que México ha suscrito en materia de cambio climático y lucha en la generación de gases con efecto invernadero. La pifia no quedará en tribunales nacionales y de no leer el Artículo 133 Constitucional.
Se busca afectar a los Contratos de Compromiso de Capacidad y Compraventa de Energía Eléctrica Asociada, que fueron válidamente celebrados conforme a lo dispuesto en la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE), anterior a la reforma energética del 2013 y, por supuesto, previa a la vigente Ley de la Industria Eléctrica (LIE) que ahora se busca reformar.
La pifia atenta contra todos los proyectos, sean de la Reforma Energética o no.
Además, los racionales de despacho están nuevamente basados en políticas que son monopólicas y, por ende, contrarias a las disposiciones aún vigentes que imponen los artículos 25 y 28 de la Constitución en materia de generación, además de los tratados internacionales.
Nuevamente, la ideología y dogmatismo –principalmente del director general de la CFE–, buscan imponerse al marco jurídico establecido, pues ya en el año 2004 este oscuro personaje había intentado una acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma de 1992 a la Ley del Servicios Público de Energía Eléctrica. En ese entonces fracasó rotundamente. Lo volverá a hacer.
Nuevamente se establecen criterios para que los permisos al amparo de la LIE estén acorde con los criterios de planeación del sistema eléctrico nacional.