Debate por los derechos de autor
Más allá de la industria del cine, Seedance 2.0 se inserta en una discusión más amplia sobre derechos de autor en la era de la inteligencia artificial. Los modelos generativos se entrenan con grandes volúmenes de datos, muchos de ellos protegidos por copyright, lo que ha derivado en demandas contra empresas tecnológicas en distintos países.
La maestra Nathalie Canizales Reyes, coordinadora de la Maestría en Derecho de CETYS Universidad Campus Mexicali, señaló que este tipo de prácticas involucra aspectos relacionados con el derecho a la propia imagen, la protección de datos personales y la propiedad intelectual.
En México, el derecho a la propia imagen se encuentra regulado en la Ley Federal del Derecho de Autor, la cual establece que el uso o publicación del retrato de una persona requiere su consentimiento expreso y que éste podrá ser revocado en casos muy particulares.
En el contexto de las plataformas de IA, al cargar una fotografía el usuario podría estar autorizando no solo su transformación en caricatura, sino también su almacenamiento, reutilización o incluso su utilización para el entrenamiento de modelos, dependiendo del alcance del consentimiento otorgado.
“El perfil digital desarrollado a través de la herramienta y los metadatos colocan al usuario ante un nivel de exposición altísimo, lo que puede facilitar conductas como el robo de identidad, acoso digital o uso indebido de datos personales”, subrayó Canizales.
El caso de la recreación de actores añade otra capa, pues no solo se trata de obras, sino de identidades. En términos legales, esto cruza varias áreas, desde propiedad intelectual hasta derechos de personalidad.