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Utopía y realidad de la NOM-037

El teletrabajo en México se encuentra dando sus primeros pasos, y algo que requiere mucha importancia es el derecho a la desconexión.
jue 22 junio 2023 06:09 AM
Utopía y realidad de la NOM-037, el teletrabajo
Las condiciones de ciberseguridad en el trabajo representan un abismo ante el que se puede dejar de lado la integridad digital del trabajador, dispositivos e incluso personas de ese sitio conectadas a la misma red, apunta Carlos Ramírez Castañeda.

(Expansión) - Recientemente fue publicada la NOM-037 , referente a temas relacionados al teletrabajo, a manera de complemento de los primeros esfuerzos que conocimos en el año 2021.

Esta norma ha sido alabada por varios al intentar convertirse en un referente sobre las condiciones de seguridad y salud para el teletrabajador; sin embargo, debemos analizar algunos de los detalles en el campo de aplicación real.

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Podemos tener diversos instrumentos, algunos en carácter de norma como en este caso, pero la realidad dista muchas veces de la parte teórica. Aquí es donde el derecho a la desconexión se hace presente, pues si bien es una necesidad que debería llevarse a cabo en cualquier sitio de trabajo, la línea inexistente de hacer garante permite que los trabajadores y teletrabajadores tengan que resolver a toda hora asuntos de urgencia.

En México todo “urge” y era “para ayer”, son algunas de las frases más comunes en gobierno y empresas, desafortunadamente un estereotipo al que muchos nos hemos acostumbrado para tener un ritmo de trabajo a veces con sobre carga que lleva al burnout. Con la llegada pandémica y las modalidades del teletrabajo se abrieron nuevos paradigmas para nuestro país, pues muchas empresas y gobiernos sin saber siquiera de qué se trataba migraron a un esquema de atención de labores a través de las TIC.

Lo anterior llevó a un plano de desconocimiento, vulnerando algunos derechos como privacidad para mantener el monitoreo del teletrabajador, que estuviese en casa con la cámara encendida ocho horas o enviando ubicación en tiempo real por esa jornada. Otros temas más drásticos que pocos pensaron, como la ciberseguridad, es el hecho de que varios teletrabajadores utilizan (aún) configuración de las redes por default que contrataron a un proveedor de servicios de internet sin mayores controles, accesos y quedando expuestos a que esa clave de acceso al Wi-Fi pueda ser extraída o generada por personas malintencionadas y así interceptar todo el tráfico de navegación.

En fin, el teletrabajo en México se encuentra dando sus primeros pasos, y algo que requiere mucha importancia, como ya mencioné, es el derecho a la desconexión. Pensemos en un primer escenario en donde terminada la jornada laboral indicada el teletrabajador apaga su dispositivo móvil provisto por el patrón, cierra su sesión en cuentas desde su equipo y se dispone a realizar sus labores en casa, pero el patrón tiene cierto grado de desconocimiento a las TIC y, al mero estilo de la vieja escuela, solicita con urgencia un documento a las 23:00 horas; al no recibir respuesta del teletrabajador, al otro día lo despide.

A pesar de que contemos con una norma, la aplicabilidad resultará utópica en varios sentidos, pues a final del día el factor humano es determinante.

Si nos pusiéramos del lado de gobierno y el caso planteado fuese en sentido de teletrabajadores, las políticas de austeridad no le permitirían al teletrabajador tener un pago siquiera de luz, internet o algún otro insumo, trayendo consigo la necesidad de tener que trabajar con recursos propios; para el ámbito gubernamental es una total falacia tener esquemas de teletrabajo.

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La iniciativa privada tiene recursos y muchas empresas de presencia internacional tenían condiciones de contratación hacia el teletrabajo, aquí solo restará ver cómo se hacen garantes diversos derechos para los teletrabajadores.

Si bien la implementación se matizará en los meses venideros, es tiempo de comenzar a generar desde ambas partes, gobierno y e iniciativa privada, políticas relacionadas al teletrabajo, porque son de necesaria contemplación en un primer momento y hacer especial énfasis en las condiciones de ciberseguridad que han dejado de lado las normas. Aquí un abismo ante el que se puede dejar de lado la integridad digital del teletrabajador, dispositivos e incluso personas de ese sitio conectadas a la misma red.

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Nota del editor: Carlos Ramírez Castañeda es especialista y apasionado por el Derecho Informático, particularmente en ramas de Ciberseguridad, Cibercriminalidad y Ciberterrorismo. Tiene un Máster en Derecho de las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones de Santiago de Compostela España, Doctor en Administración y Políticas Públicas de México. Es colaborador de diversas instituciones académicas y gubernamentales, profesional siempre interesado en temas de ciberprevención particularmente con sectores vulnerables. Síguelo en Twitter como @Ciberagente . Las opiniones publicadas en esta columna pertenecen exclusivamente al autor.

Consulta más información sobre este y otros temas en el canal Opinión

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