Privacidad, eje central
La UE adoptó dos leyes para regular la operación de las plataformas en el espacio europeo: una sobre Servicios Digitales (LSD) y otra sobre Mercados Digitales (LMD).
Esas dos normativas definen un rígido cuadro de operaciones a las plataformas digitales, con especial énfasis en la protección de la privacidad de los usuarios.
Para ello, la UE posee además una guía específica, el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), de 2016, que vale también para el EEE.
En mayo, Irlanda aplicó una multa de nada menos que 1,200 millones de euros a Meta por violar precisamente las normas del RGPD por el tratamiento de datos de usuarios europeos de la red Facebook.
En julio, el Tribunal de Justicia de la UE determinó que los usuarios de las redes sociales deben ser libres de "rechazar individualmente dar su consentimiento al tratamiento de datos particulares".
Noruega, que no forma parte de la UE pero sí del EEE, amenazó en julio con aplicar a Meta una multa diaria de 100,000 dólares por el uso de información personal en la definición de publicidad.
Cuando a inicios de octubre surgieron los primeros rumores sobre esta idea de Meta, el abogado y activista austríaco Max Schrems apuntó que "los derechos fundamentales no pueden estar a la venta".
"Introducir esta idea en el área de los derechos a la protección de datos es un cambio fundamental. Vamos a enfrentarla en las cortes", escribió Schrems, fundador de la oenegé Noyb, que defiende el derecho a la privacidad en las plataformas digitales.
Para el experto Christophe Carugati, del centro de reflexión sobre derechos digitales Bruegel, la idea de Meta se ajusta a la normativa de la UE.