¿Trabajo gratis para las empresas?
Esta práctica es muy común en varias industrias. No solo pasa en los pitches que se realizan para competir con otras agencias por llevar la comunicación, relaciones públicas, proyecto o marketing de una compañía o marca. También se ve en los procesos de reclutamiento, ya que los empleadores suelen pedir a los candidatos un book, un artículo o un proyecto, a fin de que demuestren sus habilidades y capacidad para ocupar un puesto en particular.
En términos legales, Karla Alatriste, socia del despacho GLZ Abogados y especialista en propiedad intelectual, asegura que no hay ninguna disposición oficial que prohíba a las empresas o empleadores solicitar muestras previas de trabajo. Sin embargo, sí está prohibido que haya un uso indebido de esos materiales, sin la autorización del autor intelectual.
En México, la Ley Federal del Derecho de Autor es la que regula todo lo referente a las obras y cuestión autoral. Esta ley incluso protege al autor en caso de que no haya ningún contrato por escrito en el que éste transfirió los derechos de una obra o trabajo a favor de otra persona. “La protección es automática siempre que la idea esté en un soporte material y que el autor pueda comprobar su autoría. Si tú expresaste alguna idea en público, ésta no es objeto de protección por derechos de autor, pero si la dibujaste o plasmaste ya puedes reclamar la autoría”, puntualiza.
De acuerdo con la abogada, se considera un uso indebido de obra cuando se retoma completa o pequeñas porciones de contenido para formar un ‘nuevo’ material, pero sin consentimiento del autor o referencia a él. Asimismo, se entiende como plagio cuando solo se cambia el nombre del autor a una obra y un delito cuando se reproduce una obra total o parcial con fines de lucro. Aunque cada situación varía y es muy específica, según el contexto.
Hay empresas, sobre todo las creadoras de contenido, que dan a firmar a sus empleados contratos de confidencialidad y sesión de derechos de autor a la compañía, con el objetivo de que todo lo que se genere al interior de la organización sirva para los objetivos de la propia organización. Todo depende de los acuerdos iniciales, enfatiza la especialista, incluso entre postulantes y empleadores.
En cuanto a las sanciones, Alatriste refiere que los costos varían con base en la infracción cometida, es decir, que el autor puede reclamar el pago de daños y perjuicios que considere la autoridad, mientras que en delitos hay privativa de la libertad y una multa correspondiente para el infractor.
El artículo 230 de la Ley Federal del Derecho de Autor establece que las multas van de los 1,500 a 8,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor unitario es de 89.62 pesos.
"Es válido que las empresas pidan un proyecto para evaluar al candidato, pero es importante que exista claridad y que se deje establecido que el material se pide con fines de selección. Eso muestra un compromiso y transparencia hacia los postulantes", aconseja la abogada.