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¿Es legal pedir ‘pruebas de trabajo’ en un proceso de selección de personal?

Algunos reclutadores solicitan a los candidatos que realicen pruebas de trabajo, casi como si ya trabajaran en la empresa, lo que, en muchos casos, deriva en malas prácticas.
jue 06 enero 2022 04:32 PM
(Junta de trabajo)
El artículo 230 de la Ley Federal del Derecho de Autor establece que las multas por violar los derechos de autor van de los 1,500 a 8,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor unitario es de 89.62 pesos.

Lissette Carranza, CEO de la agencia de Relaciones Públicas Headline PR & Comms, sabe que por ‘tradición’ los posibles clientes le piden una propuesta que incluya una estrategia tentativa a realizar -en caso de cerrar la contratación-, así como logros y muestras previas de su trabajo.

Además de que esa labor de aterrizar y materializar una idea a la medida no es remunerada, siempre quedaba la duda: ¿Qué harán con mi propuesta si no me contratan para la ejecución? Pues en sus 15 años de experiencia en el sector le pasó que algunos de los ‘ejecutivos a impresionar’ no la contrataron, pero sí replicaron ciertos ejes de su propuesta, a veces sin su consentimiento.

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¿Trabajo gratis para las empresas?

Esta práctica es muy común en varias industrias. No solo pasa en los pitches que se realizan para competir con otras agencias por llevar la comunicación, relaciones públicas, proyecto o marketing de una compañía o marca. También se ve en los procesos de reclutamiento, ya que los empleadores suelen pedir a los candidatos un book, un artículo o un proyecto, a fin de que demuestren sus habilidades y capacidad para ocupar un puesto en particular.

En términos legales, Karla Alatriste, socia del despacho GLZ Abogados y especialista en propiedad intelectual, asegura que no hay ninguna disposición oficial que prohíba a las empresas o empleadores solicitar muestras previas de trabajo. Sin embargo, sí está prohibido que haya un uso indebido de esos materiales, sin la autorización del autor intelectual.

En México, la Ley Federal del Derecho de Autor es la que regula todo lo referente a las obras y cuestión autoral. Esta ley incluso protege al autor en caso de que no haya ningún contrato por escrito en el que éste transfirió los derechos de una obra o trabajo a favor de otra persona. “La protección es automática siempre que la idea esté en un soporte material y que el autor pueda comprobar su autoría. Si tú expresaste alguna idea en público, ésta no es objeto de protección por derechos de autor, pero si la dibujaste o plasmaste ya puedes reclamar la autoría”, puntualiza.

De acuerdo con la abogada, se considera un uso indebido de obra cuando se retoma completa o pequeñas porciones de contenido para formar un ‘nuevo’ material, pero sin consentimiento del autor o referencia a él. Asimismo, se entiende como plagio cuando solo se cambia el nombre del autor a una obra y un delito cuando se reproduce una obra total o parcial con fines de lucro. Aunque cada situación varía y es muy específica, según el contexto.

Hay empresas, sobre todo las creadoras de contenido, que dan a firmar a sus empleados contratos de confidencialidad y sesión de derechos de autor a la compañía, con el objetivo de que todo lo que se genere al interior de la organización sirva para los objetivos de la propia organización. Todo depende de los acuerdos iniciales, enfatiza la especialista, incluso entre postulantes y empleadores.

En cuanto a las sanciones, Alatriste refiere que los costos varían con base en la infracción cometida, es decir, que el autor puede reclamar el pago de daños y perjuicios que considere la autoridad, mientras que en delitos hay privativa de la libertad y una multa correspondiente para el infractor.

El artículo 230 de la Ley Federal del Derecho de Autor establece que las multas van de los 1,500 a 8,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor unitario es de 89.62 pesos.

"Es válido que las empresas pidan un proyecto para evaluar al candidato, pero es importante que exista claridad y que se deje establecido que el material se pide con fines de selección. Eso muestra un compromiso y transparencia hacia los postulantes", aconseja la abogada.

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¿Para qué son las pruebas de trabajo?

Roberto Ventura, socio director de la firma de reclutamiento Neos RH Consultores, destaca que las pruebas de trabajo son muy útiles en los procesos de selección, ya que ayudan a los reclutadores a conocer más sobre los postulantes, su capacidad, estilo y habilidad, según sea el material que se solicite.

Por lo general, estas pruebas de trabajo, detalla, se piden más en el sector de mercadotecnia, relaciones públicas, diseño, comunicación, periodismo y fotografía. Y en puestos para ventas hasta suele pedirse una cartera de clientes.

“Como reclutadores debemos contar con herramientas y metodologías propias para hallar al talento que mejor se adecue a una vacante. Es cierto que las pruebas de trabajo pueden ser determinantes en la elección de un candidato, pero nunca debe faltar la transparencia en estos procesos”, apunta el experto.

Para evitar un mal uso de su trabajo, Carranza desde hace unos años optó por solo presentar un bosquejo general a los posibles clientes. Una vez que firma el contrato entonces entrega la estrategia completa y en mejor calidad de resolución. Los especialistas aplauden esta medida y agregan más recomendaciones:

1. Utiliza en el trabajo un código fuente en particular y que solo tú conozcas.

2. Si hay bases o documentos a firmar, analiza bien cada claúsula, ya que sin querer podrías otorgar una licencia o dar el consentimiento para uso de tu trabajo.

3. Asegúrate que quede establecido que tu proyecto es únicamente para fines de selección y que no estás de acuerdo ni autorizas que se utilice para ningún otro objetivo.

4. Antes de entregar tu proyecto, deja constancia de tu autoría: guarda archivos, ten copias, mails y fechas de creación. Todos los elementos que comprueben que tú eres el autor.

5. Incluye en tu trabajo que esa obra está protegida por derechos de autor. Puedes registrar tu obra ante el Instituto Nacional de Derechos de Autor (Indautor). Ya se puede hacer en línea.

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