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La Secretaría del Trabajo presenta protocolo contra la violencia laboral

Luisa María Alcalde, titular de la dependencia, presentó el modelo que promocionará entre la iniciativa privada para proteger a los trabajadores contra estos actos.
vie 06 marzo 2020 03:32 PM
Mujeres en la tecnología
Dicho protocolo propone la creación de un comité de seguimiento y acompañamiento a víctimas.

Las empresas y centros de trabajo deben estar preparados para erradicar cualquier tipo de violencia entre sus colaboradores, en particular aquellas conductas que dañan la integridad de las mujeres, ya que al menos 26.6% ha sufrido agresiones sexuales o laborales durante el desempeño de sus actividades.

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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) presentó el modelo de Protocolo para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia Laboral, que busca que cualquier tipo de empresa lo adopte. Las medidas que se presentan se realizarán en paralelo con las consecuencias penales o civiles que consignen las entidades correspondientes de aplicar justicia por algún caso.

Luisa María Alcalde, titular de la STPS, comentó que para "los centros laborales y empresas que adopten este protocolo incluye una obligación de los empleadores de que estas medidas van a ser obligatorias a implementarse... Nos daremos a la tarea de presentarlo a todo el sector empresarial para que sea un protocolo de fácil implementación y masiva".

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El protocolo establece seis ejes para erradicar los actos violentos dentro de los centros laborales: dignidad de las personas, ambiente saludable y armonioso, igualdad de oportunidades, confidencialidad, debida diligencia y la no revictimización.

Para ello se propone la creación de un comité de atención y seguimiento bajo la titularidad de una persona, que sea el primer contacto con la víctima de algún acto de violencia. Destaca que este grupo debe estar compuesto por, al menos, 40% de mujeres. Además de que para las Pymes una sola persona puede conformar dicho comité.

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El documento contiene también las medidas de protección y modificación de conductas en caso de que se hayan detectado actos de violencia. El primer rubro abarca acciones preventivas para evitar un daño a futuro, mientras que el segundo se implementa cuando se confirma una denuncia al interior del centro laboral. El despido, las órdenes de restricción y el cambio de lugar de trabajo entran en este campo.

Con lo anterior el modelo de actuación ejemplar es el siguiente: la víctima se acerca al consejero, quien es encargado de crear un ambiente de confianza entre ambos; el comité de atención recibe la queja por escrito para que se analicen y establezcan medidas de protección; el comité reúne información sobre el caso, se toma una decisión y se informa a las partes involucradas sobre la actuación; se aplican las medidas de protección o modificación de conducta, y finalmente se elabora un acta de cierre.

La STPS elaboró este protocolo como un kit de apoyo que contiene una carta compromiso para los consejeros, ejemplos de trabajo para seguimiento de denuncias; guía de cuestionarios y entrevistas para implementar entre las víctimas y agresores, así como un paquete de capacitación a consejeros.

Alcalde recordó que las empresas están obligadas por la Ley Federal del Trabajo a establecer medidas de atender la violencia laboral. "Cada seis meses vamos a hacer una evaluación de cómo se está implementando esta herramienta, quienes lo están adoptando".

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