¿Quiénes deben presentar la declaración anual?
El SAT define que la Declaración Anual aplica para personas físicas que, a lo largo del año, se ubicaron en alguno de estos supuestos:
Ingresos por empleo, cuando ocurrió alguno de estos escenarios:
- Tuviste un solo patrón, pero tu relación laboral terminó antes de que cerrara el año.
- Además del salario, recibiste otros ingresos.
- Trabajaste de forma simultánea para más de un empleador.
- Te pagaron desde el extranjero o por personas que no realizan retenciones de ISR.
- Recibiste pagos por liquidación o compensación laboral.
- Cobraste pensión o jubilación por arriba del monto exento que marca la Ley del ISR.
- Tus percepciones anuales por salario superaron los 400,000 pesos.
Ingresos fuera de nómina, entre ellos:
- Prestación de servicios de manera independiente.
- Operación de un negocio, incluidas actividades en apps o plataformas, en la franja fronteriza y en el esquema del RIF con determinación de utilidad.
- Obtención de rentas por inmuebles.
- Operaciones de compra o venta de bienes.
- Rendimientos financieros, como intereses o utilidades repartidas por empresas.
Contribuyentes en RESICO:
Quienes tributan en el Régimen Simplificado de Confianza no están obligados a presentar la anual, de acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal, aunque en ciertos casos pueden hacerlo por decisión propia.
¿Cuándo es la declaración anual 2025?
Este trámite concentra los ingresos, deducciones y pagos que realizaste durante el año previo. En 2026 corresponde reportar el ejercicio fiscal 2025, con plazos que cambian según el tipo de contribuyente.
Para las empresas, el periodo de envío va del 1 de enero al 31 de marzo de 2026. En el caso de las personas físicas, la ventana abre el 1 de abril y cierra el 30 de abril, por lo que conviene no dejar el trámite para el final y evitar contratiempos en el sistema del SAT.