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¿Quiénes están obligados a presentar la declaración anual del SAT?

La Declaración Anual es un informe necesario para que el SAT determine cuánto ISR debe pagar cada contribuyente según sus ingresos y deducciones. No todos están obligados a presentarla.
vie 20 marzo 2026 03:20 PM
¿Quiénes están obligados a presentar la declaración anual?
Como cada año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) solicita que las personas realicen su Declaración Anual, en cumplimiento la obligación fiscal. (janiecbros/Getty Images)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) se está preparando para recibir las declaraciones anuales de los contribuyentes en México, una de las obligaciones fiscales más importantes del año. Y como tal, ya cuenta con recursos necesarios para que las personas físicas puedan anticiparse y cumplir con responsabilidad.

En México, varias personas están obligadas a realizar esta declaración, según su tipo de actividad económica y las fuentes de sus ingresos, pero también hay quienes tienen la facilidad de optar por no presentarla y no tener ninguna penalización.

A continuación, te compartimos las claves para saber quiénes sí y quienes no deben hacerlo.

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¿Quienes deben presentar la declaración del SAT?

En el caso de las personas físicas, la obligatoriedad de presentar la declaración responde al tipo de régimen fiscal adscrito, o de situaciones particulares sobre los ingresos generados en el ejercicio fiscal.

Sueldos y salarios


- Cuando los ingresos provienen de un solo empleador, con el que se terminó la relación laboral antes del 31 de diciembre.
- Si se obtuvieron ingresos de distintos salarios.
- Si trabajaron para dos o más empleadores al mismo tiempo.
- Si los ingresos provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
- Si se obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
- Si la totalidad de los ingresos anuales por Sueldos y Salarios excede los 400,000 pesos.

Por poner ejemplos puntuales, si “Alejandra” dejó de trabajar el 1 de diciembre de 2025, y recibió una indemnización, debe presentar declaración. De la misma manera que si Pedro ejerció dos trabajos de media jornada en sitios diferentes.

Servicios Profesionales: Personas que obtienen ingresos por cuenta propia y generan comprobantes por honorarios, o freelance.

Actividades Empresariales: Personas que ejercen actividades empresariales. Incluyen:
- Plataformas tecnológicas
- Región fronteriza
- Régimen de Incorporación Fiscal (FIF) con coeficiente de utilidad

Arrendamiento: Personas que reciban ingresos por cobrar rentas de algún inmueble (departamento, casa o local comercial).

Intereses o dividendos

Enajenación de bienes: Si vendieron algún bien.

¿Quienes pueden elegir por no hacerla?

De acuerdo con el SAT , las personas que no están obligadas a presentar declaración anual serán aquellas que coincidan con las siguientes situaciones:

- Quienes obtuvieron ingresos por salarios de un solo empleador, siempre y cuando no excedan de 400,000 pesos en el ejercicio fiscal.

- Quienes obtuvieron ingresos por salarios de un solo empleador, e intereses reales, no mayores a 400,000 pesos, y los intereses no hayan excedido de los 100,000 pesos en el ejercicio.

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- Las que obtuvieron ingresos por salarios de un solo empleador, siempre que:

- No exista impuesto a cargo del contribuyente en la declaración anual.

- El empleador le haya emitido un comprobante de nómina por los ingresos del ejercicio.

- Los ingresos por intereses nominales provenientes de instituciones financieras no hayan excedido de 20,000 pesos en el ejercicio.

- Personas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) .

El SAT señala que aunque estas personas no están obligadas a presentar la declaración, y no serán afectadas si así lo deciden, también pueden optar por realizarla dentro del plazo otorgado, que comprende al mes de abril.

Los casos en que Resico sí presenta declaración

Aunque las personas físicas que tributan en este régimen están relevadas de esa obligación, debido a que ya realizan sus declaraciones y pagos mensuales.

Sin embargo, hay ocasiones en que pueden optar por realizar la declaración anual, cuando también tienen actividades de copropiedad.

Es decir, aquellas las personas físicas en Resico que reciban ingresos a través de realizar actividades empresariales o de arrendamiento a través de una copropiedad, al compartir un bien o un negocio.

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En este caso, para la Declaración Anual 2025, los contribuyentes tendrán la información precargada de los pagos mensuales en los apartados de ingresos, devoluciones, descuentos y bonificaciones, el impuesto sobre la renta (ISR) retenido por las personas morales y pagos mensuales efectuados durante el ejercicio fiscal.

En caso de realizar la declaración, y obtener saldo a pagar, no tendrán la facilidad de realizarlo a parcialidades.

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