¿Qué es el crimen de agresión?
El crimen de agresión significa la planificación, preparación, iniciación o ejecución de un acto de uso de la fuerza armada por parte de un Estado contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política de otro Estado.
Incluye, entre otras cosas, la invasión, la ocupación militar y la anexión por el uso de la fuerza, el bloqueo por parte de los puertos o costas, si se considera que es, por su carácter, gravedad y escala, una violación manifiesta de la Carta de las Naciones Unidas.
Este delito se aplica solo a los líderes políticos o militares, no a los combatientes o soldados: el perpetrador tiene que ser una persona que está en condiciones de ejercer efectivamente el control o dirigir la acción política o militar de un estado.
El Tribunal también tiene que probar que el perpetrador estuvo involucrado en la planificación, preparación, iniciación o ejecución del acto de agresión del estado.
El artículo también contiene el requisito umbral de que el acto de agresión debe constituir una violación manifiesta de la Carta de las Naciones Unidas.
Este crimen tiene un régimen jurisdiccional único, que no se puede desencadenar de la misma manera que con otros delitos del Estatuto. El Tribunal puede ejercer jurisdicción sobre el delito, ya sea por remisión estatal (proprio motu) o por remisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.