Un recurso contencioso, como lo señala la Ley Orgánica del Sufragio, «es un medio breve, sumario y eficaz para impugnar los actos, las actuaciones y las omisiones del Consejo Nacional Electoral y para restablecer las situaciones jurídicas subjetivas lesionadas por éste».
Es decir, es una acción judicial que ejerce un ciudadano para oponerse a una decisión o actuación del CNE que lesione sus derechos.
El viernes 2 de agosto, tras la admisión del recurso y la convocatoria a todos los candidatos presidenciales, la Sala Electoral agregó una nueva alcabala: firmar un acta porque sus «decisiones deben ser acatadas».
En el documento, que no fue ratificado por Enrique Márquez y Edmundo González Urrutia (éste último no asistió), «se insta a todas las ciudadanas y ciudadanos, candidatos, partidos políticos y demás sujetos intervinientes a acatar y respetar la sentencia inherente al presente caso», negando una posibilidad de apelación.
Lo único que detalló la Sala Electoral del TSJ es que fue solicitada una «revisión del proceso electoral del 28 de julio de 2024, con la finalidad de investigar y verificar, además de certificar de manera inequívoca e irrestricta los resultados de esos comicios». También se les instó a consignar todos los documentos legales que les sean requeridos.
Enrique Márquez tradujo la situación. «Vine a ver de qué se trataba y me voy igual», dijo el exrector del CNE al no informarse los alegatos para el recurso ejercido por Maduro.
«¿Contra qué concurre el presidente de la República? ¿Contra su propia proclamación?». Además, al igual que Antonio Ecarri, exigió al CNE ponerse a derecho con los resultados que soportan los dos boletines emitidos.
«Espero que en la Sala Electoral este asunto no sea utilizado para que el Consejo Nacional Electoral se esconda bajo la toga de los magistrados y no dé el frente a la situación que se le está planteado en el país, que es una situación muy clara, las actas son fundamentales para la transparencia, para la paz», subrayó.