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La Ley Banxico trasladará al Banco de México el riesgo de lavado de dinero

La exportación de dólares está sujeta a regulaciones complejas por el riesgo de que parte de ellos tengan un origen ilícito. Banxico no tiene los programas para cumplir el proceso, dice Orbelin Pérez.
mié 24 febrero 2021 01:46 PM

La reciente propuesta de reforma y adiciones a la Ley del Banco de México pretende resolver dos problemas. El primero es la necesidad que tienen algunos bancos e instituciones financieras de repatriar el excedente de dólares en efectivo que captan en México y que no pueden colocar en el propio país o con instituciones financieras de Estados Unidos. El segundo es conseguir mejores condiciones de intercambio para las remesas de bolsillo.

Como toda propuesta de política pública que se mueve dentro del mundo de lo posible, ésta debe considerar las siguientes restricciones: procesos históricos, políticas y regulaciones específicas del sistema financiero internacional, riesgos de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, y el papel de las relaciones asimétricas entre los países y jurisdicciones que definen el statu quo.

La necesidad de repatriar dólares en efectivo hacia Estados Unidos obedece al proceso histórico que dio origen al actual sistema monetario internacional. Este arreglo ha conferido a Estados Unidos un “privilegio exorbitante” (Valéry Giscard d’Estaing dixit), en referencia a la condición por la cual el resto del mundo debe pagar costos de transacción cuando cambia los dólares.

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A diferencia de los países “dolarizados”, los bancos y las instituciones financieras de México tienen la necesidad de repatriar dólares. Estos, en tanto dinero fiduciario, solo pueden redimirse ante quien los emite: la Reserva Federal del país vecino. Sin embargo, el proceso de exportación de dólares está sujeto a regulaciones extremadamente complejas por el riesgo de que parte de esos dólares tengan un origen ilícito.

A este respecto, en junio de 2010 se dio a conocer un documento conocido como el 'Estudio Binacional de Bienes Ilícitos'. El estudio señaló que la venta de drogas en Estados Unidos generaba entre 19,000 y 29,000 millones de dólares para los narcotraficantes mexicanos, quienes transportaban ilegalmente esos dólares hacia México. Se asumió que parte de esos montos terminaban siendo introducidos en el sistema financiero mexicano.

El gobierno mexicano identificó como principales actividades generadoras lícitas de dólares en efectivo aquellas que se vinculan a los flujos transfronterizos de personas: los residentes y visitantes de la franja fronteriza y, en menor medida, los migrantes que retornan al país de manera temporal o permanente. Al final, las cifras de aquellos años identificaron que México estaba exportando hacia Estados Unidos un promedio de 14,000 millones de dólares cada año, sin que se pudieran explicar únicamente por actividades lícitas.

Esta situación tensó las relaciones de correponsalía bancaria transfronteriza entre ambos países. La banca corresponsal transfronteriza es la clave para entender el funcionamiento de las liquidaciones y compensaciones de los sistemas de pago internacionales. Sin esta figura, no se puede completar el circuito de exportación de dólares.

Al respecto, el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), en su Recomendación 13, establece medidas de debida diligencia reforzada sobre los programas de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo entre las instituciones que establecen relaciones de corresponsalía bancaria.

Las relaciones de corresponsalía bancaria entre México y Estados Unidos descansan sobre dos premisas: el apetito de riesgo de las instituciones financieras en Estados Unidos; y la existencia de programas robustos contra el Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (LD/FT), además de Sanciones entre las partes.

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En el mundo real, para un banco mexicano, un programa robusto de Lavado de Dinero, Financiamiento al Terrorismo y Sanciones es la única posibilidad de mantener sus relaciones de corresponsalía bancaria.

Estos programas implican el establecimiento de políticas, procedimientos y controles internos, funcionarios de cumplimiento, capacitación de empleados y prueba de sus acciones a través de auditorías independientes, normalmente conducidas por despachos que el corresponsal americano designa.

Si ocurren fallas en los programas contra el Lavado de Dinero, Financiamiento al Terrorismo y Sanciones, puede significar el fin de las relaciones de corresponsalía o implicar multas extraordinarias como las impuestas a HSBC en el pasado reciente.

En conclusión: la propuesta de ley de Banxico trasladaría los riesgos de Lavado de Dinero, Financiamiento al Terrorismo y Sanciones al Banco Central mexicano, estableciendo incentivos incorrectos: más jugadores entrarían al mercado de compraventa de dólares con un Banco Central obligado a comprarles sus excedentes.

Ofrecer lineas contingentes de financiamiento a bancos que tengan dificultades para exportar sus excedentes de dólares es otra medida desafortunada que conducirá al relajamiento de sus controles de Lavado de Dinero, Financiamiento al Terrorismo y Sanciones.

Por otra parte, definir una estrategia para bancarizar a los migrantes mexicanos en Estados Unidos y a sus familias en México para atender el 1% de las remesas de bolsillo hace quedar bien al gobierno, pero no es serio. El Banco del Bienestar está muy lejos de tener un programa de prevención del Lavado de Dinero, Financiamiento al Terrorismo y Sanciones como el que la circunstancia exige.

La política pública a seguir es el fortalecimiento de las relaciones de corresponsalía bancaria entre México y Estados Unidos con base en: diagnósticos de riesgos de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo compartidos entre reguladores y supervisores de ambos países y los bancos involucrados; y la implementación de un estrategia binacional que atienda estos riesgos.

Nota del editor: Orbelin Pérez Flores es Director de Análisis de Riesgos y Sanciones en GPL Abogados. Síguelo en LinkedIn . Las opiniones publicadas en esta columna pertenecen exclusivamente al autor.

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