La Comisión Federal de Electricidad (CFE) tiene actualmente el control del 70 al 75% del total generado, debido a que los contratos legados y las subastas venden en forma directa a la empresa del estado, y ésta al mercado eléctrico por medio de CFEsuministro. Los privados solo tienen el 25% para vender a usuarios finales dentro del mercado.
El negocio de la electricidad está en las ventas y no en la generación, ya que las empresas medianas representan el 60% del total del consumo y con 410,000 usuarios. El mal negocio, el doméstico, y muchos usuarios que atender: 40 millones y con solo el 27% (la CFE como único suministrador).
Para la CFE, el mercado que mayor reditúa en ingresos proviene de la venta de electricidad en la parte industrial (empresa mediana y gran industria) y después la doméstica.
La argumentación para la realización de la propuesta de la modificación de la ley y Constitución fue concebida derivado de que la CFE presentó una serie de argumentos que afectaba a su negocio, dentro del mercado eléctrico, resaltando:
A. Contratos que beneficiaban a las empresas productoras independientes de energía (PIE) en la parte de contratos legados.
B. La existencia de un subsidio a empresas bajo contratos de auto-abasto, los cuales no realizan el pago de la transmisión y distribución de la electricidad, entre el generador y el usuario final.
C. La creación de los Certificados de Energías Limpias (CEL), los cuales eran aplicados solo a empresas que invertían en energías limpias (aquella que produce electricidad emanando no más de 100 kg de CO2/MW), aplicando solo aquellas que fueron realizadas después de la reforma energética.
D. Pérdida de mercado dentro del sector eléctrico, al no permitirle poder participar en otros mercados.
Estos puntos son válidos por parte de una empresa dentro del mercado, pero debemos dejar en claro que los puntos A y B son una relación comercial entre particulares, debería ser resuelto entre ellos; los puntos C y D deben ser revisados a fondo por los reguladores del mercado, incluyendo a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y no modificar las leyes.
Es importante aclarar que la CFE, en el artículo 3 de su ley, indica que “el derecho mercantil y civil serán supletorios”, esto indica que hay formas legales y negocios que la empresa productiva del estado puede realizar, sin involucrar al Ejecutivo y al poder Legislativo.
Recordemos que, hasta antes del 2015, teníamos un monopolio eléctrico, el cual requirió de inversión público-privada para poder tener la infraestructura actual, la organización y la confiabilidad en desarrollo.