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¿Cambiar la Constitución para el mercado eléctrico?

Ante la nueva forma de producir la energía en el mundo, ¿está la nación preparada y habrá dinero suficiente para mejorar la calidad del aire?, cuestiona Ramses Pech.
vie 15 octubre 2021 07:00 AM

(Expansión) - ¿Se debe modificar la Constitución o se utiliza para hacer cambios cuando no conviene a la administración en turno?

Si hay una disputa entre entes del mercado eléctrico, ¿por qué tiene que intervenir el poder Ejecutivo-Legislativo? Debería ser una competencia de los órganos reguladores y de las comisiones vigentes. ¿No es más fácil que se resuelva entre ellos y dejar a la Constitución como está -debido a que ya tiene más adiciones o modificaciones que cualquiera que podamos evaluar-?

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La Comisión Federal de Electricidad (CFE) tiene actualmente el control del 70 al 75% del total generado, debido a que los contratos legados y las subastas venden en forma directa a la empresa del estado, y ésta al mercado eléctrico por medio de CFEsuministro. Los privados solo tienen el 25% para vender a usuarios finales dentro del mercado.

El negocio de la electricidad está en las ventas y no en la generación, ya que las empresas medianas representan el 60% del total del consumo y con 410,000 usuarios. El mal negocio, el doméstico, y muchos usuarios que atender: 40 millones y con solo el 27% (la CFE como único suministrador).

Para la CFE, el mercado que mayor reditúa en ingresos proviene de la venta de electricidad en la parte industrial (empresa mediana y gran industria) y después la doméstica.

La argumentación para la realización de la propuesta de la modificación de la ley y Constitución fue concebida derivado de que la CFE presentó una serie de argumentos que afectaba a su negocio, dentro del mercado eléctrico, resaltando:

A. Contratos que beneficiaban a las empresas productoras independientes de energía (PIE) en la parte de contratos legados.

B. La existencia de un subsidio a empresas bajo contratos de auto-abasto, los cuales no realizan el pago de la transmisión y distribución de la electricidad, entre el generador y el usuario final.

C. La creación de los Certificados de Energías Limpias (CEL), los cuales eran aplicados solo a empresas que invertían en energías limpias (aquella que produce electricidad emanando no más de 100 kg de CO2/MW), aplicando solo aquellas que fueron realizadas después de la reforma energética.

D. Pérdida de mercado dentro del sector eléctrico, al no permitirle poder participar en otros mercados.

Estos puntos son válidos por parte de una empresa dentro del mercado, pero debemos dejar en claro que los puntos A y B son una relación comercial entre particulares, debería ser resuelto entre ellos; los puntos C y D deben ser revisados a fondo por los reguladores del mercado, incluyendo a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y no modificar las leyes.

Es importante aclarar que la CFE, en el artículo 3 de su ley, indica que “el derecho mercantil y civil serán supletorios”, esto indica que hay formas legales y negocios que la empresa productiva del estado puede realizar, sin involucrar al Ejecutivo y al poder Legislativo.

Recordemos que, hasta antes del 2015, teníamos un monopolio eléctrico, el cual requirió de inversión público-privada para poder tener la infraestructura actual, la organización y la confiabilidad en desarrollo.

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Sobre el inciso A, podemos indicar que una posible solución sería revisar cada planta, el tipo de tecnología y el costo real nivelado que incluya las amortizaciones de cada una, costos fijos y variables. Este cálculo lo puede realizar el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) con CFE-PIE, debido a que cada año realiza estudios de costos de generación nivelados .

En el caso del inciso B, pasar los contratos baja la ley eléctrica vigente, donde paguen los costos de transmisión y distribución que emiten cada año los órganos reguladores en el diario oficial y pasen a la nueva ley vigente .

Sobre el inciso C, el de los certificados CEL, poder considerar a las plantas de este tipo que no fueron contempladas, siempre y cuando demuestren que realizaron inversiones para mejorar la eficiencia y capacidad sobre cómo generar la electricidad, y ligado al tiempo de la amortización de dicha inversión.

Por último, sobre el inciso D, la propuesta se basa en gran parte la modificación, porque según la CFE, es el más débil en el mercado, pero al realizar un análisis respecto al mismo indica que no es así.

A la CFE, en 2021, Gas Natural la está lacerando, y podría tener una afectación de hasta 100,000 millones de pesos, por lo que el gobierno lo trasladará como un subsidio para poder mantener las tarifas por debajo de la inflación. Ahora imagina, si la CFE controla todo, ¿cuánto subsidio tendría que programar la Secretaría de Hacienda o qué incertidumbre adicional habría a los egresos de la nación en el corto, mediano y largo plazo?

Ante la nueva forma de producir la energía en el mundo, ¿está la nación preparada y habrá dinero suficiente para mejorar la calidad del aire?, ¿contaremos con plantas de electricidad más eficientes, combustibles para automóviles que puedan mejorar la calidad de lo que respiramos, con base en lo que Organización Mundial de la Salud ha recomendado? Estamos a tiempo.

Nota del editor: Ramses Pech es analista de la industria de energía y economía. Es socio de Caraiva y Asociados-León & Pech Architects. Síguelo en Twitter y/o en LinkedIn . Las opiniones en esta columna pertenecen exclusivamente al autor.

Consulta más información sobre este y otros temas en el canal Opinión

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