Actualmente nos encontramos en el mal denominado “Parlamento Abierto”, el cual podría ser extendido por estrategia electoral de los partidos políticos.
No entraré a ese tema, pero existe la posibilidad de que la propuesta no sea discutida pronto.
Ese escenario, si bien entiendo los fines políticos, es terrible pues sigue ofreciendo nula visibilidad a los billones de dólares en inversiones.
Lo que tengo bastante claro es que es imposible que el decreto sea aprobado en sus términos originales.
La nueva conformación del Congreso gracias (nunca mejor usada esta palabra) a las elecciones de julio del 2021, por un lado y, por el otro, debido a lo absurdo, incongruente e ilegal de la propuesta, sustentan mi conclusión.
Así, solo quedan dos caminos, o es rechazada o es sustancialmente modificada. Se habla mucho de que siendo reforma Constitucional no puede ser materia de amparo, pero esto no significa que, de ser el caso, quede firme.
Lo que al final ocurra en el 2022, 2023 y 2024 dependerá de varios factores, pero el primero será por supuesto lo que decante en base al análisis previo.
Me temo que aunque sea rechazada o modificada sustancialmente, el silencio doloso administrativo de la CRE y el CENACE continuarán, en cuyo caso, ya no descarto procesos por desacato judicial contra funcionarios públicos lo que nos lleva al ámbito penal.
Asimismo, de continuar con esa línea de obediencia ciega, se detonarán finalmente los tratados bilaterales de protección a las inversiones y, en el caso de inversiones americanas y canadienses, los inversionistas señalaran con razón que los cambios, de darse, vulneran el espíritu del capítulo 8 (aplicable solo a inversiones en hidrocarburos) y el capítulo 14.
Recientemente, en la visita de John Kerry a nuestro país (borrando el desacierto diplomático de Salazar), el titular del Ejecutivo Federal ha señalado que la propuesta de reforma no viola al T-MEC.
Hay dos posibles fundamentos de tan insostenible declaración: 1) porque no lo ha leído o no lo entiende, lo cual dudo mucho; o, 2) sabe perfectamente que su decreto no será aprobado en sus términos originales, en cuyo caso, el panfleto ideológico para fines políticos resultante, efectivamente no violará el T-MEC.