La oleada de represión ocurrida en Venezuela en el periodo posterior a las elecciones del 28 de julio, durante la cual el gobierno de Nicolás Maduro ha realizado detenciones arbitrarias, tortura, violación, ejecuciones sumarias, persecución política y hostigamiento contra la población civil (incluyendo menores de edad) y contra grupos de oposición que cuestionan la validez del resultado electoral, son actos que el Estatuto de Roma (Art. 7) tipifica como crímenes de lesa humanidad, y son juzgados y castigados por la Corte Penal Internacional (CPI).
Nicolás Maduro ante la Corte Penal Internacional
A diferencia de otros crímenes graves, que son también competencia de la CPI, como los crímenes de guerra o genocidio, y en torno a los cuales (específicamente en torno al primero), la CPI ha emitido recientemente y con gran celeridad órdenes de aprensión contra Vladimir Putin, Benjamin Netanyahu y el jefe de Hamás, Yanya Sinwar, por las guerras en Ucrania y Gaza, la investigación de los crímenes de lesa humanidad es más lenta pues debe agotar diversas fases procesales, así como, acumular información, pruebas y registros de incidentes de parte de víctimas, ONGs y otras instancias calificadas. Cuando los actos represivos y la escalada de violencia han sido recopilados, organizados, detallados y notificados formalmente a la Oficina del Fiscal de la CPI, este puede entonces, emitir una orden de arresto y presentación forzada ante el tribunal.
Nicolás Maduro tiene abierto un expediente ante la CPI desde febrero 2018, por presuntos crímenes de lesa humanidad, perpetrados durante las manifestaciones populares del 2017. La investigación conocida como “Venezuela I”, fue formalizada en 2021, y se convirtió así en primer caso latinoamericano llevado ante la institución de justicia penal internacional.
Con este expediente abierto, más la salida de 7.7 millones de personas de Venezuela, que son testimonio tangible de la violencia y persecución de este gobierno, y la cifras acumuladas en las últimas tres semanas de crisis poselectoral que dan cuenta de más de mil detenidos, 23 muertos, y decenas de desaparecidos, el proceso de investigación encabezado por el fiscal británico Karim Khan, se fortalece. El “baño de sangre” previsto y anunciado por el propio Maduro, así como sus llamados irresponsables a las fuerzas del orden y a los Comandos de Paz Comunitaria para perseguir, detener y hostigar a líderes de oposición y ciudadanos que fueron miembros de los centros de votación y/ o participaron en la campaña electoral a favor de la oposición, la presión internacional para que la CPI pase a la acción bajo el principio de urgencia penal y detención preventiva, se magnifica.
La orden de arresto a Maduro podría ser inminente. Pero, si ello sucede, además de dar esperanzas a muchas (y muchos), ¿cuál terminará siendo el efecto real?
Las órdenes de arresto no son veredictos, pues en estricto sentido todavía no se ha llevado a cabo un juicio. Además, la CPI no tiene mecanismos para concretar el arresto, necesariamente requiere del apoyo de alguno de sus 124 Estados miembros para detenerlo y llevarlo a La Haya.
En este contexto, la orden de arresto constituye un acto de “marcaje personal”, un señalamiento de por vida, que obligará a Maduro a cuidar sus movimientos y restringir su libertad de movimiento, pues la comunidad internacional estará pendiente y al acecho. Podrá ser arrestado y juzgado en cuanto salga del país o en cuanto cambien la autoridades al interior del mismo.
Mientras ello sucede, Maduro tiene dos opciones: cesar la represión (que solamente está abultando su expediente) y buscar espacios de negociación, o atrincherarse. Hasta ahora ha optado por esto último, y ello se puede observar en la aprobación de una nueva ley para amordazar a las ONGs, con la misma lógica que le llevó a expulsar al Alto Comisionado de los derechos Humanos de la ONU, a cancelar pasaportes de periodistas y activistas, a levantar investigaciones judiciales contra líderes de la oposición, y a bloquear redes sociales como X. Pero, habrá que ver si la presión de la CPI le lleva a cambiar el rumbo y buscar una salida negociada que inicie el fin de esta época de pesadilla para los venezolanos.
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Nota del editor: Laura Zamudio González es profesora e investigadora del Departamento de Estudios Internacionales (DEI) de la Universidad Iberoamericana (UIA), actualmente es titular de la Dirección de Formación y Gestión de lo Académico en la UIA. Escríbele a laura.zamudio@ibero.mx Las opiniones publicadas en esta columna corresponden exclusivamente a la autora.
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