Publicidad
Revista digital
Publicidad

Visitas con video y restricción de facturas: conoce las nuevas facultades del SAT

En 2026, la autoridad recaudatoria también podrá acceder a datos de plataformas digitales para comprobar el cumplimiento de obligaciones fiscales.
mié 22 octubre 2025 05:55 AM
Habrá más vigilancia hasta en streaming: estas son las nuevas facultades del SAT a partir de 2026
En la caza anti facturas falsas, también se faculta al SAT para restringir temporalmente el uso del certificado de sello digital, a los receptores de supuestas facturas falsas que no corrijan su situación, a través de una declaración complementaria, en un plazo de 30 días. No contar con el sello digital impide la emisión de facturas a las empresas. (Foto: Mario Jasso/Cuartoscuro. )

La caza de facturas falsas y la eficiencia recaudatoria se intensificarán en 2026, y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tendrá nuevas facultades para afinar su capacidad de fiscalización.

Publicidad

La Cámara de Diputados ya aprobó cambios al Código Fiscal de la Federación (CFF) y pasaron al Senado para su discusión y votación antes del 31 de octubre. De ser aprobados, entrarán en vigor el primero de enero de 2026.

En línea con la lucha anti factureras, los cambios que más preocupan son los relacionados con la comprobación de operaciones para demostrar que una empresa fachada o fantasma expide facturas falsas, o que las facturas que expide son por actos simulados, explicó Pedro Aguilar, presidente del Comité Técnico Nacional de Estudios Fiscales del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF).

“Es una reforma que es para fortalecer las facultades de las autoridades para fiscalizar, o sea, para revisar, para recaudar. Es una reforma que pone más causales, pueden generar o dar lugar a delitos fiscales y también mayores infracciones”, comentó Gil Zenteno, socio de Basham Ringe y Correa.

Bajo esta línea, entre las nuevas facultades que se plantean para el SAT el próximo año destacan las visitas domiciliarias con fotos, audios y videos; la restricción de sello digital; la negativa de inscripción al RFC por vínculos con empresas o personas de riesgo fiscal, y el acceso a información de plataformas digitales.

Visitas domiciliarias con fotos, audios y videos

Funcionarios del SAT podrán tomar fotografías, grabar vídeos o audios durante una visita domiciliaria, solo cuando estén en búsqueda de pruebas para demostrar que las facturas que se expiden con esa calle y número son falsas.

"Esa modificación se aplicará únicamente para empresas factureras, para empresas fachada, empresas de papel; una característica de estas empresas es que sus domicilios fiscales están ubicados en lotes baldíos, en casas abandonadas, en inmuebles que de ninguna manera tienen la naturaleza ni las condiciones para realizar algún producto, algún proceso productivo o la venta de algún bien. Entonces, el video nos va a dar mucha certeza", explicó Gari Flores, administrador general de Recaudación del SAT.

Desde el momento en que los visitadores se presenten en el lugar donde deba practicarse la diligencia, que puede ser en domicilio fiscal, establecimientos, locales, bodegas, etc., podrán iniciar la toma de fotografías, grabación de audios o videos. Se deberá informar a la persona con quien se entienda la visita (visitado, representante legal o encargado) que el desarrollo es registrado mediante herramientas tecnológicas. La impresión o archivos electrónicos generados mediante estas herramientas serán anexados a las actas que se levanten y servirán como prueba, refiere la propuesta de reforma.

“Una de las facultades es que ahora, desde que te notifiquen la orden de la visita para estos comprobantes que pueden ser falsos, o cuando se trata de la revisión de la mercancía que está en transporte, ellos tendrán la posibilidad de tomar fotografías, videos y todo lo que las cuestiones tecnológicas le puedan ayudar a la autoridad”, explicó Zenteno.

Publicidad

Restricción de sello digital y negativa al RFC

En la caza anti facturas falsas, también se faculta al SAT para restringir temporalmente el uso del certificado de sello digital, a los receptores de supuestas facturas falsas que no corrijan su situación, a través de una declaración complementaria, en un plazo de 30 días. No contar con el sello digital impide la emisión de facturas a las empresas.

“La parte de los certificados de sello digital que se pueden restringir con más de 90 supuestos actualmente, más los que se están añadiendo ahorita, o los que se pretenden añadir y que tienen esta regulación relacionada con los comprobantes falsos, sin duda son cosas que les preocupa mucho a las empresas”, explicó Aguilar, del IMEF.

Esta disposición, más la facultad del SAT de negar la inscripción al RFC, son de las más destacables y que representarán de los mayores retos para 2026, comentó.

De acuerdo con el dictamen aprobado en la Cámara de Diputados se otorgará esta negativa a las personas morales cuando la autoridad fiscal detecte que el representante legal, uno varios de los socios, accionista, asociado y otros que formen parte de la persona moral, participen en empresas que han realizado operaciones con facturación falsa y han caído en los supuestos del Código Fiscal de la Federación.

Acceso a información de plataformas digitales

Tras el objetivo de mejorar la eficiencia recaudatoria, verificar el cumplimiento de obligaciones y ante el aumento de los servicios digitales, el gobierno propuso al Congreso que los prestadores de estos servicios permitan a las autoridades fiscales, de forma permanente, el acceso en línea y en tiempo real a la información relativa a obligaciones fiscales contenidas en sus sistemas o registros.

Tras su paso por la Cámara de Diputados se hicieron cambios para aclarar que el acceso en línea y en tiempo real a la información de las plataformas digitales únicamente es respecto de aquella que permita a las autoridades fiscales, comprobar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales de las plataformas digitales y aplicaciones, explicó Carol Antonio Altamirano, presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados.

“Esto fue con la finalidad de establecer límites a los cuales la autoridad fiscal debe sujetarse, al ejercer esta facultad para prevenir o evitar abusos, así como establecer la adecuada recuperación y uso de la información, con lo cual se respetan los derechos humanos de privacidad y a la protección de sus datos personales”, aseveró el diputado al pleno, al presentar el dictamen para el CFF 2026.

En una tarjeta informativa el SAT negó que esta disposición tenga fines de espionaje digital, y que está enfocada solamente en la información fiscal de las plataformas, en materia de IVA, con el objeto de hacer más eficiente la recaudación en este sector y combatir la evasión de impuestos. Descartó que el SAT podrá acceder a la información de los usuarios o a la actividad que tengan en las plataformas, ni mucho menos se incluyen fines de vigilancia a las personas, destacó la autoridad fiscal.

"Con esta información vamos a poder cruzar -como se hacen las auditorías- lo que tengamos en tiempo real, contra la declaración informativa, y contra la facturación. De esa manera ya va a haber certeza jurídica de que las plataformas están pagando los impuestos correspondientes, en este caso, el IVA del total de las operaciones que están prestando a través de las plataformas", comentó el funcionario del SAT.

Publicidad

Newsletter

Únete a nuestra comunidad. Te mandaremos una selección de nuestras historias.

Publicidad

Publicidad