Incertidumbre
Actualmente, hay una brecha y desventaja tecnológica entre los contribuyentes y la autoridad, por lo que el reto en la mayoría de las empresas está en invertir en tecnología y capacitación.
En México, solo el 11% de las compañías cuenta con procesos de cumplimiento automatizados, y dos de cada 10 no han incorporado tecnología en absoluto, refiere la encuesta ‘Perspectivas de la Alta Dirección en México 2026’, de KPMG. Las mipymes, que son el 99% de las unidades económicas en el país, operan con herramientas manuales, el 60% aún depende de hojas de cálculo y solo una tercera parte utiliza software administrativo, según información de la Asociación de Emprendedores de México y Siigo Aspel.
Al cierre del 12 de junio pasado, el SAT ha publicado 903 empresas fantasma o EFOs como resultado de mayores facultades y herramientas que tiene la autoridad fiscal para combatir el delito de defraudación fiscal. Adicional a factureras, se le han restringido el sello digital a 7,300 contribuyentes, refiere Gari Flores Hernández, administrador general de Recaudación del SAT.
En tanto, el sector empresarial ha planteado disconformidades al gobierno mexicano, especialmente, en la pausa o cancelación del sello digital.
Las consecuencias, como la pausa de sellos digitales y la presunción de un delito fiscal, “se detonan desde el momento en que inicia la visita, ni siquiera cuando termina. Estamos en un estado de incertidumbre. Sí se ha planteado que es inconstitucional, pues implica una generalización y una carga de prueba donde tenemos que demostrar lo imposible, que es la materialidad, no hay criterios estables fijados en el CFF que nos diga cómo cumplir con esa obligación”, refiere Pérez de Acha.
Un acuerdo publicado en el DOF el pasado 4 de mayo para agilizar la inversión público y privada como parte del Plan México refiere que la autoridad fiscal “procurará” que la pausa o cancelación de sellos digitales sea un mecanismo de última instancia, además de garantizar el derecho de audiencia.
También, el hecho de que no haya un citatorio previo a las visitas para notificar e iniciar la auditoría exprés abre cierta argumentación sobre si esto deja en un estado de incertidumbre jurídica a los contribuyentes, pues la autoridad puede llegar a cualquier establecimiento del negocio y no encontrar al representante legal o la persona capacitada para atender, explica el especialista de Hogan Lovells.
En tanto, la corte resolvió, a principios de año, que el levantamiento de pruebas como fotos, videos, audios y el uso de drones en las visitas es constitucional, pues considera que son herramientas válidas para combatir la evasión fiscal y obtener evidencia.
“Los contribuyentes tendríamos que presentar amparos contra la reforma de 2026. En última instancia, esos amparos llegan a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que emite una jurisprudencia diciendo que es inconstitucional, o bien, lo esperado, que la reforma es constitucional, y, por tanto, se debe aplicar a todos los contribuyentes. Si al final la corte dice que los contribuyentes no tenemos la razón, nos quedamos desarmados”, concluye Pérez de Acha.