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La Corte declara inconstitucional la prohibición de la venta de vapeadores

Con esto, la Suprema Corte unifica el criterio para la resolución de futuros amparos, pero la decisión no significa que cualquiera pueda ya comercializar estos dispositivos en el país.
mar 19 octubre 2021 02:48 PM
Vapeadores y cigarrillos electrónicos
El gobierno federal ha emprendido una serie de acciones para prohibir el uso de vapeadores en México.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó que es inconstitucional la prohibición para la importación, distribución y comercialización de vapeadores.

Con esto, la Corte homologó su criterio respecto a la inconstitucionalidad de la prohibición en la venta de los vapeadores, ya que había una contradicción de tesis entre la Primera y Segunda Salas, es decir, cada una había adoptado resoluciones contradictorias, una a favor y otra en contra.

“Lo que se resolvió hoy es una contradicción de tesis que crea jurisprudencia. Esta jurisprudencia se vuelve obligatoria para todos los jueces federales. Ahora, a cualquier persona que presente un amparo, alegando cualquier acto de autoridad que le prohíbe comercializar estos dispositivos, le van a conceder el amparo”, explica Juan José Cirión, presidente de México y el Mundo Vapeando.

Sin embargo, esto no significa que cualquiera pueda ya comercializar estos dispositivos en el país.

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“Esta decisión es importante, porque unifica su criterio ante juicios de amparo e influye en la legislación, aunque no es garantía absoluta que el resto de los amparos sean favorables, depende del juez y del caso. Pero sí aumenta la posibilidad de ganarlos”, afirmó Roberto Sussman, presidente de la organización civil Provapeo.

En su determinación, la Suprema Corte estableció que revisará, las tesis ya que cuatro de los siete votos a favor fueron con un voto concurrente, es decir, que estuvieron a favor pero bajo argumentos diferentes a los que dicta la sentencia. Por ello, el texto definitivo del criterio será aprobado en una sesión privada del Pleno del Alto Tribunal y, en su momento, será publicado en el Semanario Judicial de la Federación.

Aunque se aprobó recientemente la venta de cigarros electrónicos, la prohibición se mantenía para los vapeadores. Estos dispositivos funcionan con batería y calientan un líquido a través de una resistencia, que se convierte en un vapor que la persona inhala. La comercialización de estos líquidos, que son elaborados a base de glicerina y propilenglicol de grado alimenticio, también está prohibida.

De acuerdo con los documentos de la Corte, en esta discusión se deben resolver los amparos a revisión 435/2019, 853/2019 y 957/2019. Antes de llegar al Pleno, el amparo 435/2019 se revisó en la Primera Sala y el ministro Jorge Pardo Rebolledo sentenció a favor del amparo, con cuatro votos a favor y una abstención.

La revisión de amparos 853/2019 y 957/2019, debatidos en la Segunda Sala, no fue otorgada a favor. “Nosotros, como usuarios, hemos intentado acercarnos a la Corte presentando un breve documento con argumentos de por qué consideramos que la prohibición de los cigarros electrónicos es totalmente inconstitucional”, comentó Tomás O’Gorman, abogado y miembro fundador de la organización ProVapeo Mx.

Las asociaciones en favor del vapeo argumentan que con las prohibiciones para la comercialización e importación de los dispositivos se obstruye su derecho a acceder a estos productos, afectando a la vez su derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Bajo este concepto, los usuarios adultos de vapeadores pueden argumentar que tienen derecho legal de decidir la forma en la que quieren consumir nicotina y, si requiere una alternativa, el gobierno debe de permitirle que ejerza esta libertad para adquirirlas, siempre y cuando, no dañen a terceros. Este proceso requiere de respaldo científico.

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“Suponiendo que la Corte llegará a la conclusión de que la prohibición de la comercialización de los vapeadores es constitucional, como usuarios trataremos de acercarnos a quienes pueden y tienen la capacidad de tomar decisiones, es decir, a los legisladores, para que constaten la importancia de regular estos productos”, dijo O’Gorman antes del fallo.

Cúmulo de amparos

La solicitud de amparo para lograr la importación y comercialización de vapeadores es una de las herramientas legales que las organizaciones provapeo han llevado a cabo a partir de la prohibición por decreto presidencial, en febrero de 2020.

Juan José Cirión, presidente de México y el Mundo Vapeando, explicó a Expansión que, a raíz de este decreto, la organización iniciaría con la acción legal para que se tome en consideración una idea de equidad, de igualdad y de proporcionalidad, respecto a los calentadores de tabaco y los vapeadores. El activista prevé que se generen entre 150 y 200 procesos de amparo.

Si bien se espera que estos amparos sigan su curso legal, los activistas reconocen que es necesaria una regulación que garantice la producción de los vapeadores y los líquidos que utilizan, mercado que, a nivel global, alcanzó un valor de 15,040 millones de dólares en 2020 y crecerá a una tasa anual compuesta (que mide la tasa de retorno de inversión) de 28.1% hacia 2028, de acuerdo con previsiones de la consultora Grand View Research.

“Como consumidores necesitamos un mercado regulado, que permita a las empresas y a los comerciantes desarrollar lícitamente su actividad. Cuando hay un mercado regulado, se garantizan los derechos de los consumidores, porque no solamente se trata de que tengamos acceso a estas alternativas, también de que estos productos sigan estándares correctos de calidad”, añadió O’Gorman.

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