La responsabilidad de supervisar y garantizar los Derechos de las Audiencias recae en el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). Sin embargo, la implementación de la defensa de los usuarios ha sido compleja, ya que los medios de radio y televisión han argumentado que esta facultad regulatoria puede interpretarse como censura. Esto llevó a la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República y al Senado a presentar controversias constitucionales para dirimir las aparentes invasiones de competencias entre instituciones públicas.
¿Qué ha sucedido con los Derechos de las Audiencias desde entonces?
En 2017, se realizaron modificaciones a la redacción original del artículo 256 de la LFTyR. Inicialmente, el artículo exigía "diferenciar claramente entre información noticiosa y la opinión del presentador". Sin embargo, la revisión dejó simplemente la indicación de que los concesionarios debían abstenerse de transmitir publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa. Esta modificación significó que los medios debían autorregularse, prescindiendo de las directrices del IFT.
Pero en 2019 la Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias (AMDA) presentó un amparo para revertir esta contrarreforma. El proceso de este amparo se prolongó por dos años. En mayo de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió restituir al IFT la autoridad para imponer directrices que protegieran los derechos de las audiencias frente a los concesionarios de radio y televisión.
"Lo que la SCJN logró fue devolver al IFT el papel de tutela y facultad para establecer lineamientos en relación a los derechos de las audiencias. Además, esto representó un fortalecimiento del Instituto", según Jorge Bravo, presidente de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI).
Sin embargo, desde la resolución de la Suprema Corte, la situación de los Derechos de las Audiencias aún no está completamente clara. El IFT explicó a Expansión que se encuentra en el "proceso de análisis" para emitir nuevas directrices a partir de las cuales se pueda elaborar un anteproyecto que se someterá a consulta pública. Una vez recopilados los comentarios, el equipo técnico los integrará al anteproyecto, que finalmente se presentará ante el Pleno del IFT.
La falta de directrices en relación a los Derechos de las Audiencias limita la efectividad de esta ley. El director de AMEDI señala que esta carencia de pautas deja a los usuarios en una posición vulnerable, ya que no existe un mecanismo claro para que puedan hacer valer sus derechos. "La única opción que queda es participar en debates o discusiones sobre ciertos temas, mientras no existan las directrices".
El riesgo se amplifica con la aproximación del año electoral. "Los medios podrían difundir propaganda encubierta como noticias sin ningún ente de supervisión. Realmente estamos enfrentando uno de los peores escenarios posibles", lamenta Bravo.