Dentro de los aspectos alarmantes de la reforma a la LIE encontramos, principalmente:
1. Que el despacho de energía al SEN priorice la que es producida por las centrales de la Comisión Federal de Electricidad, sin consideraciones de competencia.
2. Los derechos de generación serán ejercibles únicamente si están alineados con la planeación del SEN.
3. Entrega de Certificados de Energías Limpias independientemente de quién sea el operador y de la fecha de entrada en operación ( https://rolc.mx/iniciativa-lie/ ), lo cual previamente sólo aplicaba a centrales construidas después de 2014, y
4. Afectación a derechos adquiridos y expectativas legítimas de inversión.
Este tipo de reformas injustificadas pueden traer como consecuencia perjuicios inconmensurables para el país. En el caso específico, nos enfrentaríamos a una nula modernización en la infraestructura y en el aprovechamiento del potencial energético nacional, sin dejar de mencionar la elevada deuda de las empresas energéticas del Estado.
De igual forma, nos olvidaríamos de la eficiencia energética y la sustentabilidad pues se está dejando en último lugar a las renovables y ciclos combinados operados por particulares, situación que pone en riesgo el cumplimiento de nuestro país con acuerdos internacionales, como el de París.
Además, los inversionistas que confiaron su capital con base en unas reglas que hoy se quieren destruir, optarían por llevar sus inversiones a otro lado, una pérdida que se calcula en 40,000 millones de dólares, según estimaciones de BBVA, lo cual dejaría al país con un déficit económico importante, aunado a todas las indemnizaciones que se les tendrán que pagar, ya sea por negociaciones, resoluciones judiciales o arbitrales.
Ante este tipo de actos que se consideran ilegales y violatorios de los derechos constitucionales, la iniciativa privada ha promovido una gran cantidad de juicios de amparo, con los cuales se han logrado obtener suspensiones definitivas (esto de acuerdo a la información pública del Consejo de la Judicatura Federal), situación que se traduce en que la reforma a la LIE no podrá aplicarse durante la tramitación y hasta la conclusión de estos juicios.