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Es decir, en el sector eléctrico la generación y comercialización de energía eléctrica por parte de los privados, tanto nacionales como extranjeros, se encuentra expresamente protegido tanto por el Artículo 25, como por el 27 y 28 de la Constitución.
Precisamente por eso la política energética de Rocío Nahle en materia eléctrica es inconstitucional, y por eso las Cortes les han dado la razón a los particulares.
Si, por el contrario, se señala que la política energética está fundada en el espíritu del Artículo 27 de la Constitución, mi humilde recomendación es: (i) no leer la versión que estaba vigente en 1938; y (ii) recordar que la más básica “interpretación conforme” Constitucional exige una lectura armónica de todo el cuerpo, incluyendo los tratados internacionales, para lograr en todo tiempo la protección más amplia a los individuos.
OPINIÓN: El futuro del sector eléctrico mexicano
Por cierto, el Artículo 25 de la Constitución señala respecto a la rectoría del Estado que “la competitividad se entenderá como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo”. Ups.
Ahora, tanto para el sector eléctrico como para el de hidrocarburos, el hecho de querer reformar la Constitución –porque los tribunales le dan la razón a los particulares en sus suspensiones definitivas contra la dogmática política de la Secretaría de Energía–, “fundado” en un simple memorándum y porque dichos documentos no pueden ir por encima de la propia Constitución, merece la pena recordar lo señalado por el artículo 14 de la Constitución.
Dicho Artículo señala que “a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”. Hacerlo es seguir violando el estado de Derecho y eso hasta Venustiano Carranza y Lázaro Cárdenas lo sabían.
Hay dos opciones: o primero leemos los Artículos 1, 14, 25, 27, 28 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos o, hablando de sofismas, caigamos en la trampa del dogmatismo “ad nauseam” de corte göebbelsiano.
OPINIÓN. Política energética estilo cangrejo: hacia atrás
Muchas empresas, a efecto de proteger Constitucionalmente el que ahora pareciera un error de haber creído en México e invertir billones de dólares en nuestro país conforme lo permite la Constitución vigente, seguro harán lo primero… que no quede duda.
Y me adelanto: pobre de todo México si el dogmatismo echeverrista le aconseja al Presidente no acatar los laudos y sentencias, si éstos le son desfavorables. Porque entonces sí, usando sus propias expresiones, a temblar de miedo.
Nota del editor: Claudio Rodríguez-Galán es Socio de la Práctica de Energía de Thompson & Knight. Está clasificado como un “Abogado Líder en Energía”, mexicano y global, por varias publicaciones internacionales, incluyendo Global Chambers, Chambers & Partners, Legal 500 y Who’s Who Legal. Claudio tiene más de 18 años ininterrumpidos ejerciendo el Derecho Energético. Es Maestro y Candidato a Doctor en Derecho. Síguelo en LinkedIn . Las opiniones publicadas en esta columna pertenecen exclusivamente al autor.
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