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Así puedes ayudar a socios repartidores y pymes a partir del 1 de junio

Con estas acciones puedes ayudar a socios repartidores y empresas de eCommerce ante las retenciones del impuesto digital a partir del 1 de junio.
lun 25 mayo 2020 04:00 PM
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La retención de impuestos también aplicará en propinas por lo que idealmente es mejor darles esta contribución en efectivo.

El 1 de junio es una fecha que marcará un antes y un después para la economía digital en México, pues a partir de este día varias empresas que brindan servicios tendrán modificaciones en sus precios o en la retención que hagan a sus colaboradores a causa del impuesto digital, que implica la retención de 16% de IVA para quienes vendan a través de un marketplace.

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Esta acción afectará de forma directa en la liquidez de empresas pequeñas y de socios repartidores y conductores, de acuerdo con Carlos Orel Martínez, socio de Impuestos en la consultora PwC; sin embargo, si la venta se realiza en el sitio de comercio electrónico propietario de la marca, y no en el de un tercero, el impacto económico para el vendedor es menor.

“Para las empresas que comercializan sus productos, si ya estaban registrados en SAT se les va a retener el impuesto de forma usual, como persona física seguirás haciendo tu negocio, sólo que los pagos de impuestos lo harás a través de esta retención, por lo que si tienes una tienda propia en línea no deberás pagar un impuesto extra”, señaló Orel Martínez.

Muchas de las pymes que se encuentran en marketplaces, como Mercado Libre, no tiene una tienda en línea propia; sin embargo, esta puede ser una mejor opción para reducir la retención del impuesto.

Plataformas como Mercado Libre estarán obligados a cobrar entre el 0.5% y 5% del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a los vendedores que transaccionan sus mercancías dentro de sus portales, a lo que la tecnológica adelantó que, si bien aún no tienen cuantificado cuál será el impacto de esta medida sobre su base de vendedores, sí prevén un impacto y una posible salida de firmas de este espacio de venta, pues sus ganancias se verían afectadas al vender por esta plataforma.

Una de las dudas que tenían las pymes es la forma en cómo podían no tener una doble retención a la hora de vender, y ante esto la solución es fortalecer su omnicanalidad, ofreciendo una pasarela de pagos más amplia y brindando una logística más eficiente.

“Si yo tengo un establecimiento en México yo hago mis impuestos normales, porque finalmente el canal en línea es uno más de distribución, pero en caso de que tenga operaciones en otro marketplace (como Mercado Libre o Amazon) tendría este marketplace que hacer la retención extra”, indicó Arturo González de Araujo, abogado fiscalista de González de Araujo Consultores.

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¿Y con los socios conductores y repartidores?

Además de las pymes que están dentro de este tipo de marketplaces, otro de los sectores que verá menor liquidez en sus ganancias diarias es el de socios conductores y socios repartidores.

De acuerdo con Uber, los socios conductores estarán sujetos a pagar un IVA, sobre la tasa de servicio, con un valor variable entre el 0.16% y hasta el 6.8% de la tarifa de cada viaje realizado a través de la aplicación, algo distinto al impuesto aplicado por el traslado que tiene la app. Esto significa que muchos de los socios conductores tendrán una retención por viaje de sus ganancias.

Para este tipo de servicios, lo único que le queda hacer al usuario es que las propinas se den en efectivo y no se agreguen digitalmente, pues así van directamente a la ganancia diaria de los socios conductores.

“Las obligaciones fiscales de los socios cambiarán muy poco, sin embargo sí habrá un impacto en su liquidez diaria”, puntualizó Orel Martínez.

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