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“En el caso de los amparos contra la tarifa de porteo vieron que era más por un tema patrimonial, y creo que ahí es válido su argumentación”, dice Cortés. En cuanto a no considerar urgente el tema del almacenamiento, considera que sí existe la posibilidad de que los afectados pidan a los tribunales especializados, que son los superiores de los juzgados, revisar el tema a través de un recurso de queja, pues esta disposición entra en vigor a partir de este miércoles.
El Poder Judicial también ha frenado la aplicación de las modificaciones en cuanto a los Certificados de Energías Limpias, una resolución de 2019, y contra los acuerdos de Cenace y Sener de este año.
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“Se ha planteado ante los jueces que las actuaciones han afectado tanto los derechos de los participantes del mercado eléctrico, como de la colectividad”, dice Daniel Salomón, asociado de la firma de abogados González Calvillo.
Los juzgados han otorgado suspensiones definitivas contra los acuerdos de Sener y Cenace a las organizaciones Derecho Colectivo y Greenpeace, aceptando sus primeros argumentos de que ambos acuerdos, de aplicarse, podían causar daños irreparables a la sociedad en derechos fundamentales como un medioambiente sano y la libre concurrencia y competencia económica.
“También existen indicios suficientes para suponer que los acuerdos reclamados afectan la libre concurrencia y competencia económica del sector eléctrico, en perjuicio de los usuarios finales. Al limitar la participación de nuevas empresas en el mercado eléctrico mayorista, así como la operación de centrales eólicas y fotovoltaicas ya existentes, evitan que se den las condiciones necesarias para que se mejore la calidad del servicio de suministro básico y se reduzcan las tarifas que deben pagar por dicho servicio”, dijo el juez primero de distrito al otorgar la primera suspensión contra estos acuerdos, promovida por Derecho Colectivo, en una decisión del 10 de junio.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación también ha otorgado una suspensión en contra de la política de confiabilidad de Sener, a través de la entrada a trámite de una controversia constitucional interpuesta por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).
Los tribunales ya han respaldado algunas de las decisiones de los juzgados, como en el caso de los CEL, donde han coincidido en otorgar la suspensión definitiva en contra de este acuerdo.
“De la lectura del artículo 68 de la Ley de Transición Energética, se advierte que además de contar con el objetivo de fomentar el crecimiento de energías limpias, los certificados de energías limpias tienen como propósito mantener la igualdad de competencia, ya que se busca cumplir con el objetivo de la reforma energética de que la venta de energía eléctrica no se vea monopolizada por la Federación a través de la Comisión Federal de Electricidad. Es decir, fomentar el crecimiento de proyectos alternos que pudiesen otorgar opciones en el consumo de electricidad”, dijo el segundo tribunal especializado en una resolución publicada esta semana, donde ratificó la suspensión en uno de estos amparos, bajo el expediente 51/2020 de un incidente de revisión.
Las empresas, asociaciones y embajadas de varios países han criticado los cambios emprendidos por esta administración , y además de acudir a tribunales nacionales, han dejado ver que pudieran interponer arbitrajes internacionales contra el Estado mexicano; además de advertir que esto ha creado incertidumbre para seguir invirtiendo en el país.