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Una vez iniciada la huelga, ¿qué sigue para los trabajadores de Interjet?

Con el paro de labores, los empleados buscarán que la autoridad laboral determine un pago con los bienes existentes. Pero esto podría tomar años.
lun 11 enero 2021 05:00 AM
Interjet
Para retribuir a los trabajadores, la autoridad laboral podría aprobar el embargo de bienes de la aerolínea, que también serviría para saldar compromisos pendientes con acreedores, proveedores y consumidores.

Después de meses de pláticas, negociaciones fallidas y emplazamientos postergados, los trabajadores de Interjet entraron en huelga desde el pasado viernes con el objetivo de que les sean pagados cuatro meses de salarios adeudados, así como seis meses de prestaciones y cuotas patronales, entre otros beneficios.

Este es el inicio de un largo camino donde las autoridades deberán revisar el incumplimiento de pagos y las opciones disponibles para retribuir a los trabajadores. Sin embargo, la situación de quiebra técnica de la empresa pone en riesgo las esperanzas de que los colaboradores puedan contar con una fuente de trabajo después de la huelga.

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¿Cómo se desarrollará el caso de Interjet?

Más allá del paro de labores y las banderas rojinegras, en el ámbito jurídico, el primer paso de un procedimiento de huelga es su evaluación por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, que determinará si es procedente, y si es imputable a la empresa, en este caso a Interjet.

“Si dentro de los reclamos de la huelga está el pago de lo adeudado, eventualmente –si no se logra demostrar que es falso– la Junta emitirá un laudo donde condene a Interjet al pago de todas las prestaciones, además del pago de los salarios desde la fecha del establecimiento de la huelga”, explica Andrés Rodríguez, socio del área laboral de Santamarina + Steta.

Una vez que se determinen las cantidades que corresponden a cada trabajador, se pedirá el pago a la empresa, y de aquí se abren dos posibilidades: que salde sus deudas, o se haga un embargo de los bienes de la firma y sean rematados para cubrir los sueldos y prestaciones reclamados.

En el caso de Interjet, hay varias consideraciones que se deben tomar en cuenta. Por una parte, la disposición de efectivo de la compañía podría ser baja debido a su baja operación desde el estallido de la pandemia, periodo en el que ha dejado de operar 65 aviones, e incluso cesando por completo sus vuelos.

A ello se suma que la aerolínea ya se encuentra intervenida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que realizó un embargo precautorio de los bienes de Interjet para evitar su posible venta, además de una intervención de caja hasta por el 10% de sus ingresos.

A la par, se debe considerar que, conforme a la ley, se utilizarían los recursos para pagar, en primera instancia, a los trabajadores, y posteriormente los créditos fiscales (donde entran los compromisos ante el SAT y las cuotas patronales), y los pendientes con proveedores y consumidores, en ese orden.

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Al respecto, Pablo Casas Lías, director del Instituto Nacional de Investigaciones Jurídico Aeronáuticas (INIJA), considera que la autoridad fiscal podría recuperar lo adeudado por Interjet a través de lo que ya tiene embargado.

“Lo más seguro es que lo que tiene embargado el SAT vaya a estar excluido de lo que puedan embargar los trabajadores, porque el SAT sólo embargó la proporción de lo que podría ser una garantía de lo que se le debe”, explica.

Sin embargo, a lo lago de este procedimiento pueden interponerse amparos y otros recursos que podrían extender el proceso a un periodo de uno a tres años, e incluso más, aseguran los especialistas.

Aunque se buscaría resarcir a los trabajadores con los bienes de la empresa, Casas Lías no descarta un escenario donde se embargue a los accionistas de manera proporcional a su participación en la empresa. Sin embargo, esto dependerá de la estructura corporativa del negocio, matiza Rodríguez.

“Por lo general, estas compañías tienen una estructura en la cual no necesariamente la empresa en la que los trabajadores están contratados es la única entidad del negocio. No necesariamente hay una vía expedita en contra de los accionistas, si es que ya no hubiese dinero”, concluye el especialista.

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