Las pensiones “doradas” que sobreviven en México mientras el retiro digno se aleja para la mayoría
Los trabajadores de empresas públicas del Estado tendrán limitaciones en las pensiones tras la aprobación de reformas. Hay acceso a esta prestación con diferentes especificaciones.
Los trabajadores de empresas públicas del Estado tienen acceso a jubilaciones en las que algunos casos se obtienen sin límite de edad. (Fotos: Facebook Pemex / CFE / Nafin)
Tras las críticas del ingeniero Carlos Slim a las jubilaciones de algunos trabajadores de Telmex —quienes pueden retirarse desde los 48 años—, también han vuelto a llamar la atención los esquemas de retiro en empresas del Estado como Pemex, donde existen beneficios similares.
En el Contrato Colectivo se detalla la edad de jubilación para las personas que hayan ingresado antes del 25 de abril de 2009: los hombres pueden jubilarse con 53 años de edad y las mujeres con 48 años, siempre que tengan al menos 25 años de servicio. Además, cualquier trabajador con 31 años o más de servicio puede jubilarse sin importar su edad.
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Edad de jubilación en Pemex
De acuerdo con el Contrato Colectivo de Trabajo 2025-2027 de Pemex, la edad de jubilación varía según la fecha de ingreso del trabajador y su antigüedad acumulada al 31 de diciembre de 2015:
El documento detalla que la jubilación por vejez incluida en el régimen anterior establece que los trabajadores que al 31 de diciembre de 2015 y que cuenten con 15 años o más de antigüedad, tienen las siguientes opciones:
Jubilarse sin limite de edad, siempre y cuando exista un acuerdo entre el patrón y el trabajador al acreditarse 35 años de servicio.
Jubilarse a los 55 años de edad cuando se acrediten 25 años de servicios.
La base de la pensión se calcula sobre el 80% del promedio de salarios ordinarios del último año, incrementándose un 4% por cada año adicional después de los 25 de servicio, hasta llegar al 100% como máximo.
En el caso de los trabajadores que fueron contratados antes del 31 de diciembre de 2015 pero tenían menos de 15 años de antigüedad en esa fecha (y no migraron al esquema de cuentas individuales), existen las siguientes opciones de jubilación:
60 años de edad: se requiere acreditar un mínimo de 30 años de servicios.
Sin límite de edad, siempre y cuando se acrediten 40 años de servicios, y se llegue a un acuerdo entre el patrón y el empleado.
Se toma como base el 100% del promedio de los salarios ordinarios del último año de servicios.
Los trabajadores contratados a partir del 1 de enero de 2016 se incorporan al régimen de cuentas individuales, con aportaciones definidas en las que tener 60 años es la edad mínima para ejercer el retiro, siempre que se acrediten 30 años de servicio.
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Edad de jubilación en CFE
El Contrato Colectivo de Trabajo CFE-SUTERM 2024-2026 establece dos tipos de regímenes y se detallan de la siguiente manera:
En el régimen para trabajadores antes del 18 de agosto de 2008, las condiciones de jubilación con el 100% del salario se definen por género y años de servicio:
Los hombres pueden jubilarse al cumplir 25 años de servicio y 55 años de edad, o bien, al acreditar 30 años de servicios sin límite de edad.
Las Mujeres tienen derecho a la jubilación al cumplir 25 años de servicios, sin importar su edad.
Para la pensión se toma como base 100% del promedio del salario de los últimos dos años si el trabajador no tuvo ascensos en los últimos cuatro; si hubo promociones o ascensos, se promedian los últimos cuatro años laborados.
Para los trabajadores de líneas vivas, aquellos que han laborado 15 años en líneas energizadas pueden jubilarse con 28 años de servicio sin límite de edad.
Los trabajadores del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos (Banobras) la institución que otorga créditos para el desarrollo de obras federales como carreteras, hospitales, plantas de energía, transporte público, y obras hidráulicas o de telecomunicaciones, pueden acceder a las jubilaciones cumpliendo las siguientes condiciones detalladas en el Manual de Remuneraciones y Jubilaciones:
El documento detalla que los trabajadores de confianza que ingresaron a partir del 1 de septiembre de 2009, o a quienes decidieron cambiarse a este esquema, tienen derecho a la jubilación al cumplir 60 años de edad, y con 30 años de servicio. El esquema aplica para quienes no migraron al esquema anterior.
Jubilación ordinaria: se adquiere el derecho al cumplir 55 años de edad y 26 de servicios.
Jubilación por años de servicio: el trabajador puede jubilarse al cumplir 30 años de servicio, independientemente de su edad.
Jubilación a los 60 años: aquellos que tengan 60 años de edad pero no alcancen los 26 de antigüedad, tienen derecho a una pensión vitalicia si cuentan con al menos cinco años de servicios ininterrumpidos.
Casos especiales para mujeres: En el supuesto de jubilación por edad (60 años con al menos cinco de servicio), la institución puede reducir el requisito de edad para las trabajadoras hasta en cinco años, es decir, acceder a ella a los 55 años.
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Fideicomisos en Nafin
Nacional Financiera (Nafin), la banca de desarrollo propiedad del Gobierno Mexicano, adscrito a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) establece que “las pensiones y jubilaciones otorgadas a las personas trabajadoras se realizan al amparo de las Condiciones Generales de Trabajo y del Manual de Remuneraciones, Jubilaciones, Derechos y Obligaciones aplicable al Personal de Confianza”.
Hay dos tipos de fideicomisos para este apartado y son los siguientes:
Fideicomiso 50145 (Fondo de Pensiones y Prima de Antigüedad): Este fondo fue creado para cumplir con las obligaciones de pago y prestaciones de las personas que cumplen con los requisitos para ejercer su derecho a la jubilación o pensión conforme a la normativa de la institución.
Fideicomiso 80506 (Fondo de Pensiones de Contribución Definida): Este esquema aplica a los trabajadores que ingresaron a la institución desde el año 2007 hasta la fecha. Su objetivo es la administración y operación de cuentas individuales, las cuales se integran por:
Aportaciones que realiza la propia institución a nombre de los trabajadores.
En México no existe una ley general para determinar las jubilaciones de los trabajadores en el país. (Foto: Getty Images)
¿Cuál es la edad de jubilación en México?
No existe una legislación única para determinar la edad de jubilación de los trabajadores en el país; sin embargo, hay una serie de legislaciones. En el caso de los trabajadores que estén inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), existen dos regímenes para pensionarse y se determinan de acuerdo a la fecha en la que el trabajador comenzó sus cotizaciones ante el IMSS:
Régimen de 1973: Si comenzaste a cotizar antes del 1° de julio de 1997.
Régimen de 1997: Si comenzaste a cotizar a partir del1° de julio de 1997.
Quienes corresponden a la generación del 73, uno de los requisitos es tener al menos 60 años para obtener una pensión de edad avanzada, o 65 años para una pensión de vejez. También, se deben tener al menos 500 semanas cotizadas. El promedio del salario se calcula a partir de las últimas 250 semanas cotizadas.
En el caso de los trabajadores del ISSSTE se redujo la edad de jubilación en 2025, siempre y cuando hayan cumplido con 30 años o más y, en el caso de las trabajadoras, 28 años o más, además de no haber optado por la acreditación de bonos de pensión de la institución.
En este 2026, la edad de jubilación será a partir de los 58 años para los hombres y 56 años para las mujeres, y la edad se irá reduciendo año con año. Para 2034 y en adelante, los trabajadores podrán retirarse a los 55 años y las trabajadoras a los 53 años.
Fin a “pensiones doradas”
Debido a que el gobierno federal detectó que pensionados gubernamentales ganaban más que la presidenta, el 10 de abril se publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) donde se establece que ninguna persona servidora pública podrá recibir una remuneración mayor a la establecida para la presidenta o presidente de la República.