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Es ilegal que el SAT niegue deducir aportaciones voluntarias para el retiro

Si tienes un plan de pensión con tu empresa, el SAT no puede negarte esta deducción personal ni la devolución de saldo a favor, siempre que las aportaciones voluntarias cumplan con estos requisitos.
mié 09 marzo 2022 06:10 AM
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La contratación de seguros que tengan como fin asegurar una pensión digna para el trabajador también son deducibles de impuestos, según la Ley del ISR.

Una de las deducciones personales a las que tienen derecho todos los contribuyentes mexicanos es la que se hace sobre las aportaciones voluntarias para el retiro. El SAT no puede negar esta deducción, siempre que cumplan con requisitos específicos. Conócelos aquí.

Es ilegal que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) niegue la deducción de las aportaciones voluntarias que las personas hacen para incrementar su ahorro para el retiro, según una determinación de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.

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Para que esto sea respetado, el contribuyente debe cumplir con algunos requisitos.

¿Cuándo son deducibles las aportaciones voluntarias para el retiro?

La ley del Impuesto Sobre la Renta (Ley del ISR) establece que los trabajadores pueden deducir las aportaciones voluntarias, siempre y cuando estos recursos sean destinados para ser utilizados a partir de los 65 años. Es decir, a partir del retiro, pero también en casos de invalidez o incapacidad para el trabajo remunerado.

Otros requisitos para que las aportaciones voluntarias sean deducibles de impuestos son los siguientes:

Que el monto de la deducción sea de hasta el 10% de los ingresos acumulables del contribuyente en el ejercicio fiscal.

Que las aportaciones no excedan el equivalente a cinco salarios mínimos, elevados al año.

¿En qué consiste el estímulo fiscal para las aportaciones voluntarias?

La Ley del ISR también dispone un estímulo fiscal que consiste en restar a la base del impuesto, los depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro y los pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro.

La Prodecon indicó que el SAT no puede negar esta deducción

Con base en lo anterior, el SAT no puede negar la devolución del saldo a favor, que resulta de la declaración anual, cuando el contribuyente declare como deducciones personales las aportaciones voluntarias para el retiro.

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Así lo asentó la Prodecon, a través de un criterio jurisdiccional, establecido en enero de 2022. El caso que llevó a esta resolución fue el de un contribuyente a quien el SAT negó la deducción personal, argumentando que, por ser un plan de pensiones establecido por su empresa, entonces no se trataba de una aportación voluntaria.

La Sala Regional del Golfo del Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que el trabajador sí había dado su consentimiento voluntario al firmar un documento donde autorizaba la retención de 10% de su salario, con el fin de establecer un fondo de largo plazo para el retiro.

Así que si tú y la empresa donde laboras tienen un plan de pensión similar, el SAT no puede negarte la devolución de saldo a favor argumentando que tus aportaciones voluntarias no son legítimas.

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