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El tiempo se agota para presentar tu declaración anual de impuestos

Si no cumple en tiempo y forma con el SAT, el contribuyente se hará acreedor a sanciones como la suspensión para emitir facturas o multas de casi 20,000 pesos.
jue 28 abril 2022 05:59 AM
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La multa por no pagar a tiempo tus impuestos va de de 1,560 a 19,350 pesos.

Faltan muy pocos días para la fecha límite que tienen las personas físicas con la declaración anual del ejercicio 2021. Si no has cumplido con tus obligaciones con el SAT, es momento de hacerlo para evitar sanciones o multas.

Aunque estás a tiempo para pagar tus impuestos es recomendable que pongas atención a todos los detalles para evitar problemas con la devolución automática de saldo a favor o multas y sanciones por hacer una declaración extemporánea.

El plazo para estar al corriente con el Servicio de Administración Tributaria es el 2 de mayo, pues 30 de abril es sábado, día inhábil y no habrá prórroga.

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La Procuraduría de Defensa del Contribuyente (Prodecon) ha identificado algunas situaciones que han hecho a los contribuyentes tener problemas al pagar impuestos.

Este año no solo entró en vigor el régimen simplificado de confianza (Resico), el RFC para jóvenes al cumplir 18 años aunque no tengan actividad empresarial o perciban un ingreso; también una nueva versión electrónica par expedir facturas o CFDI.

Los errores se han presentado en dos vías: de parte del SAT y del contribuyente.

Gloria Franco Varas, directora general de orientación y asesoría al contribuyente de atención personalizada de la Prodecon; Miguel Ángel Tavares, presidente de la comisión técnica fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), y Virginia Ríos, académica de la Facultad de Empresariales de la Universidad Panamericana (UP), comparten cuáles son los errores más comunes a la hora de pagar impuestos y qué alternativas tienes para solucionarlo.

El contribuyente

La información fiscal ya está precargada en la página del SAT, sin embargo, esto no garantiza que no vaya a haber errores a la hora de pagar impuestos.

Si no se hace la declaración anual en tiempo y forma, y se recibe el requerimiento de parte del SAT, el contribuyente puede hacerse acreedor a sanciones como la suspensión para emitir facturas o multas de 1,560 a 19,350 pesos.

Entre los errores más comunes está el no verificar que la e-firma esté vigente.

CDFI de nómina

La Prodecon ha detectado inconsistencias en los CFDI de nómina, particularmente en la indemnización. En este caso, el retenedor (patrón) tiene que hacer las correcciones correspondientes.

“Cuando hay una liquidación hay conceptos que deben de venir en el CFDI en el apartado de pagos por separación: números de años de servicio, último sueldo mensual; el ingreso mensual acumulable y el no acumulable”, explicó Franco Vargas.

En este caso, agregó, el trabajador puede acudir directamente con el retenedor o, a través de la procuraduría para que se haga la corrección.

Deducciones personales

En este apartado el error más común del contribuyente es que, cuando se trata de honorarios médicos o estudios clínicos no usan el concepto correcto. Es un error ponerlos en gastos en general o por definir.

Siguiendo con el ejemplo de los honorarios médicos para deducciones personales, la clave es D01.

A la hora de hacer la declaración anual, si el contribuyente modifica la información precargada en el sistema, “puede ser que el SAT te devuelva de manera parcial, o te rechace (la devolución”.

En ese caso, la Prodecon ayuda a los contribuyentes a presentar la devolución de manera manual a través del formato electrónico de devoluciones (FED).

La devolución automática de saldo a favor se hace en promedio en 5 días hábiles. Para la devolución manual, con base en el Artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (CFF), son 40 días hábiles, detalló Gloria Franco.

Retenedor no recocido

La Prodecon ha detectado año con año retenedores no reconocidos. En este caso, los elimina de la declaración anual, y se presenta la devolución de saldo a favor de forma manual.

Este trámite se acompaña con la constancia de semanas cotizadas del IMSS, “donde hacemos valer a la autoridad que, efectivamente, no tuvo una relación laboral”, dijo la funcionaria de la procuraduría.

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Ingresos por intereses

Este año, producto de las altas tasas de inflación, las personas que solo obtienen ganancias a través de intereses tuvieron pérdidas. “Lo que recuperan es la totalidad de retenciones que les efectuaron”, ya sea a través de bancos o casas de bolsa.

En estos casos, el SAT tiene que revisar que los ingresos que tuvieron son por estás retenciones, por lo que no les está haciendo la devolución de saldo a favor automático.

De ahí que el trámite se tiene que realizar de manera manual, a través del FED.

El sistema financiero está obligado a proporcionar a los contribuyentes sus constancias de retenciones e información de pagos. Sin embargo, subrayó Gloria Franco, en ocasiones existen diferencias.

Esto ocurre porque algunos bancos o casas de bolsa modifican las cifras. De ser el caso, en la página del SAT está el apartado cancela y recupera tus facturas, con los que se puede hacer el cotejo de los intereses que obtuvo el contribuyente y se presenta la información correcta al SAT.

Error en el domicilio

Cuando el domicilio del contribuyente está como no localizado o en suspensión de actividades no procederá la devolución automática.

En ese sentido, la Prodecon, en apoyo al contribuyente, hace una revisión integral de su situación fiscal, el estatus del domicilio, entre otros aspectos.

“Aquí hay que tener cuidado que el domicilio no esté localizado, o no les van a devolver (el saldo a favor”. En esos casos, la procuraduría apoya al contribuyente a presentar una solicitud de verificación.

Varias obligaciones fiscales

En caso de que el contribuyente tenga más de una fuente de ingresos, es necesario verificar que el SAT esté enterado de todas sus obligaciones fiscales.

Si por ejemplo, un asalariado comenzó a prestar servicios como freelance, tiene un mes a partir de la fecha en que comenzó con la segunda actividad para actualizar sus obligaciones ante el fisco.

En caso contrario, si el contribuyente disminuye sus obligaciones fiscales, puede hacer la reducción de éstas, con efecto retroactivo hasta por 5 años.

Devolución automática

Si ya pasaron los plazos para la devolución del saldo a favor de manera automática, los contribuyentes pueden consultar el estatus que guarda este proceso.

La consulta se puede realizar en el portal del SAT, en la opción de devoluciones y devoluciones en el apartado de consulta tu devolución automática, donde la autoridad fiscal informa los motivos de la evolución parcial o rechazada, así como las acciones correctivas a realizar.

El SAT

En lo que respecta a la autoridad fiscal, precisó, el 1 de abril se registraron intermitencias en la aplicación del SAT para presentar la declaración anual, también hubo problemas con las CLABES que los contribuyentes habían dado de alta para la devolución del saldo a favor.

En el caso de la saturación del sistema, la falla quedó resuelta el 1 de abril. En la devolución de saldos a favor, a partir del 6 de abril el Servicio de Administración Tributaria ya lo había corregido.

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