De acuerdo con la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), las personas deberán verificar que sus datos de la Constancia de Situación Fiscal estén vigentes, como el domicilio fiscal. Además, deberán tener el Buzón Tributario activado, con medios de contacto actualizados.
La Prodecon señala que también deben revisarse los comprobantes fiscales, como de ingresos, gastos, retenciones e información de pagos, cuando se reciben de fuentes diferentes de salarios.
Parte de esta información está disponible a través de los visores de nómina y deducciones personales del SAT. Ambas son plataformas digitales que concentran los datos reportados al fisco mediante Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).
Los visores de nómina y de deducciones de nómina son la base que realiza el SAT para el prellenado de datos en la plataforma de Declaración Anual, por lo que es necesario verificar que sea correcta.
Puedes consultar los tutoriales de uso aquí .
De acuerdo con Javier de los Santos Valero, presidente de la Comisión Fiscal Nacional del Instituto Mexicano de Contadores Públicos ( IMCP ), se recomienda presentar la declaración lo antes posible y revisar cuidadosamente la información precargada.
“La recomendación es presentar la declaración lo más pronto posible y con una asesoría adecuada, para detectar inconsistencias antes de enviarla”, declaró el experto.
Lo ideal, es contar con asesoría contable cuando el contribuyente tenga múltiples fuentes de ingreso o deducciones relevantes.
Las deducciones personales pueden ayudar a pagar menos impuestos
Los gastos deducibles son la alternativa más sencilla para reducir la carga fiscal, ya que se restan de los ingresos brutos para obtener una base gravable menor.
Por ejemplo, si una persona asalariada gana 250,000 pesos brutos en todo un año, y facturó 13,200 pesos en deducibles, las tasas de ISR se aplicarán sobre una base de 236,800, y no sobre sus ingresos originales.
De acuerdo con el artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (o Ley ISR), los gastos que pueden aplicarse son:
A) Gastos médicos y hospitalarios
B) Seguros
C) Colegiaturas
D) Transporte escolar obligatorio
E) Aportaciones complementarias y voluntarias para el retiro, hasta un monto equivalente al 10% de los ingresos acumulables del contribuyente
F) Depósitos en cuentas personales especiales para el ahorro
G) Créditos hipotecarios con el sistema financiero, Infonavit, Fovissste, entre otros
H) Gastos funerarios que no excedan el valor de la UMA anual
I) Donativos, siempre que no sean superior a 7% de los ingresos acumulables que sirvan de base para el cálculo del ISR