Utilizar luces destellantes prohibidas
- Conducta: Instalar o utilizar dispositivos luminosos similares a los empleados por vehículos de emergencia
- Fundamento: Artículo 131, fracción XI
- Multa: De 40 a 50 UMA, equivalente a 4,692.40 a 5,865.50 pesos.
Circular sin silenciador o emitir humo excesivo
- Conducta: No contar con silenciador de escape, usar válvulas de escape o generar emisiones excesivas de humo
- Fundamento: Artículo 46, párrafos segundo y tercero
- Multa: De 40 a 50 UMA, equivalente a 4,692.40 a 5,865.50 pesos.
Desobedecer señales de tránsito u órdenes de la autoridad
- Conducta: Incumplir dispositivos de control vial o indicaciones de la autoridad cuando no exista una sanción específica
- Fundamento: Artículo 60.
- Multa: De 40 a 50 UMA, equivalente a 4,692.40 a 5,865.50 pesos.
Cometer infracciones en cruces ferroviarios
- Conducta: No detenerse, atravesar barreras cerradas o permanecer innecesariamente sobre las vías del tren
- Fundamento y sanción: Artículos 161, 162, 163 y 164
- Multa: De 40 a 50 UMA, equivalente a 4,692.40 a 5,865.50 pesos.
Dar vuelta en "U" donde está prohibido
- Conducta: Realizar una vuelta en "U" en curvas o cimas sin visibilidad suficiente
- Fundamento: Artículo 116.
- Multa: De 40 a 50 UMA, equivalente a 4,692.40 a 5,865.50 pesos.
No colocar señalamientos de advertencia al detenerse por una emergencia
- Conducta: Omitir banderolas o lámparas cuando el vehículo deba permanecer detenido sobre la superficie de rodamiento por fuerza mayor
- Fundamento: Artículo 154
- Multa: De 40 a 50 UMA, equivalente a 4,692.40 a 5,865.50 pesos.
Cruzar un semáforo con luz roja
- Conducta: No detenerse ante la indicación de luz roja fija
- Fundamento: Artículo 17, fracción I, inciso a)
- Multa: De 40 a 50 UMA, equivalente a 4,692.40 a 5,865.50 pesos.