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Los impedimentos de la #LeyOlimpia

Las áreas de impartición de justicia necesitan personal nuevo y afín a la nueva temática delictiva de atención en general, o en su caso buscar la capacitación, opina Carlos Ramírez Castañeda.
lun 09 noviembre 2020 11:57 PM

(Expansión) – Sin duda una de las más cuerdas decisiones en el Senado ha sido la aprobación por unanimidad de varios de los artículos que refieren a la reforma conocida como Ley Olimpia, la cual se encarga de tipificar diversos delitos relacionados con la violencia digital, entre ellos el acoso y sobre todo lo que está estrechamente ligado con la intimidad sexual y la difusión de contenido íntimo y explícito sin consentimiento.

Los vínculos de confianza que se forjan o supuestamente existen entre las parejas contemporáneas, de la mano del uso de dispositivos móviles (en su mayoría), ha hecho que la comunicación sea más eficaz en todo sentido, rompiendo incluso barreras como la distancia.

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Aquí es dónde debemos mencionar al sexting como una práctica común y alineada a los derechos digitales de cada usuario; sin embargo, cuando esa supuesta línea de confianza se ve violentada por la persona a la que se le dio contenido multimedia sexual explicito, íntimo, etc. Entonces tenemos un problema directo a la par de una agresión de tipo violencia digital, la cual es ahora reconocida.

Y no todo es miel sobre hojuelas, a pesar de reconocer el gran paso para lograr intentar erradicar de manera nacional a muchas de las formas de violencia digital y velar por los derechos digitales de los usuarios, nos encontraremos ante una serie de dificultades que se deben tener en cuenta para poder atender.

A pesar que ya llevaba un tiempo activa la Ley Olimpia en la demarcación, han sido muy pocos los casos que han sonado sobre el castigo merecido a raíz de la difusión de contenido multimedia sexual sin consentimiento, lo cual nos lleva a un planteamiento en dos vertientes:

Debemos erradicar la revictimización y fomentar la cultura de la denuncia; muchas veces la víctima, quien ha tenido una difusión no autorizada de contenido sexual, psicológicamente tiene muchas más trabas y estigmatización provocada por los cercanos, escarnio sin medida.

El desconocimiento de las autoridades para atender a los casos de violencia digital es algo imperante. Contaré a voz propia que al acompañar a hacer la denuncia de violación, delito del que fue víctima una muy querida amiga, en ese momento llegaron un par de personas a solicitar denunciar la difusión de fotos de una de sus hijas por medio de Facebook, en donde se ofrecían servicios sexuales y se utilizaba la imagen de la persona, a lo cual en la fiscalía “x” para no hacer aún un señalamiento directo, le dijeron que no existía eso, que no era de su pertinencia ni competencia, que se fueran a otra fiscalía, que ahí solo atendían delitos sexuales…

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Al escuchar el argumento anterior no pude evitar dejar pasar eso, así que me dirigí a la persona titular sin pensarlo, comentándole sobre la Ley Olimpia, lo cual decían desconocer su ámbito de aplicación, pero al sentir presión y la denunciante escuchar, decidieron iniciar su proceso “como cortesía”.

Esa experiencia me ha dejado muy en claro que las áreas de impartición de justicia necesitan personal nuevo y afín a la nueva temática delictiva de atención en general, o en su caso buscar la capacitación pertinente, adentrarse en los temas, de lo contrario todo esfuerzo legislativo será simplemente relleno político si algo se llega a mediatizar.

Aplaudo el esfuerzo y que sea el comienzo para que todo el sistema de justicia cambie, que no exista la revictimización, que existan funcionarios que entiendan el contexto digital imperante en el que vivimos y sobre todo que las verdaderas víctimas reciban justicia.

Cambiemos el estereotipo de que se trata de porno de venganza, se trata de un delito, aquí no existen venganzas, aquí existe un usuario, una persona violentada que merece atención.

Nota del editor: Carlos Ramírez Castañeda es especialista y apasionado por el Derecho Informático, particularmente en ramas de Ciberseguridad, Cibercriminalidad y Ciberterrorismo. Tiene un Máster en Derecho de las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones de Santiago de Compostela España, Doctor en Administración y Políticas Públicas de México. Es colaborador de diversas instituciones académicas y gubernamentales, profesional siempre interesado en temas de ciberprevención particularmente con sectores vulnerables. Síguelo en Twitter como @Ciberagente . Las opiniones publicadas en esta columna pertenecen exclusivamente al autor.

Consulta más información sobre este y otros temas en el canal Opinión

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