El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), que entró en vigor en 2020, cuenta con un artículo poco ortodoxo para los tratados de libre comercio, el cual indica que el tratado tiene una vigencia de 16 años con la obligación de que los países evalúen su funcionamiento al sexto año de su entrada en vigor. A partir de dicha revisión, las partes podrán decidir si extienden el tratado por un nuevo periodo de 16 años o, en su caso, activar un mecanismo de revisiones anuales.
El impacto del T-MEC en el sector de consumo en México: implicaciones en la revisión del tratado
Con ese preámbulo, llegamos en 2026 al periodo de evaluación del desempeño del tratado, y si bien es cierto que el consenso general apunta a su continuación, la realidad es que este proceso también abre la posibilidad para la revisión de temas relevantes y sensibles, como las reglas de origen de las mercancías que se producen en la región.
Reglas de origen y su relevancia para los bienes de consumo
Para dar contexto, uno de los principales beneficios de este tratado es la posibilidad de disminuir el impuesto general de importación (IGI), o los aranceles, como se conocen coloquialmente, siempre y cuando los productos exportados desde la región a otros países sean producidos en la propia región. Ahora bien, para la producción existe la posibilidad de utilizar insumos o materias primas que no sean originarias de la región.
Sin embargo, cada producto, dependiendo de la partida, subpartida o fracción arancelaria de conformidad con el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, tiene una regla originaria específica, que en algunos casos puede ser una regla de origen muy flexible bajo la cual prácticamente pueda utilizar 100% de insumos de otros países y el grado de transformación sea mínimo, o que sea más estricta, y la transformación deba ser sustancial y, en algunos casos, deba existir cierto porcentaje de insumos de la región.
En ese sentido, puede ser que uno de los principales objetivos de la revisión del T-MEC sea el endurecimiento de las reglas de origen, con el objetivo de conseguir que los beneficios del acuerdo se concentren en América del Norte y no sean aprovechados indirectamente por insumos provenientes de terceros países. Si bien, como ya se comentó, las reglas de origen estrictas ya se encuentran en sectores como el automotriz, este endurecimiento podría extenderse con mayor fuerza a los bienes de consumo.
En industrias de bienes de consumo (electrodomésticos, electrónicos, artículos del hogar, textiles, calzado, entre otros), es muy común que una parte significativa de los insumos, componentes, partes o materiales, provengan de países de otra región, aunque la producción y transformación final ocurra en territorio T-MEC.
Consecuencias de reglas de origen más estrictas
En relación con lo anterior, una consecuencia directa de reglas de origen más estrictas es que ciertos bienes de consumo dejen de calificar como originarios del T-MEC o que las empresas deban cambiar su cadena de suministro para buscar proveedores de la región, que podrían no ofrecer el costo que se paga actualmente por los productos. En ese escenario, dichos productos perderían el acceso al trato arancelario preferencial y quedarían sujetos al pago del IGI en México, o a los aranceles correspondientes en Estados Unidos y Canadá, según el mercado de destino o, en su caso, al incremento de costos por comprar productos dentro de la región, que podrían ser más costosos de lo que actualmente se paga por productos de otros orígenes.
Para las empresas de bienes de consumo, esto representa un cambio sustancial en la estructura de costos. A diferencia de sectores altamente regulados desde su origen, muchas industrias de consumo han operado durante años bajo esquemas más flexibles de abastecimiento global.
En otras palabras, estos cambios pueden detonar un aumento de costos derivado del pago de aranceles o del ajuste obligatorio de las cadenas de suministro, que no será absorbido en su totalidad por las empresas, sino que los costos se trasladarían al consumidor final y, en consecuencia, habría un incremento en los precios de los bienes de consumo.
En suma, la revisión del T-MEC en 2026 representa un punto de inflexión para las empresas de bienes de consumo que operan en la región. Si bien la realidad es que todo apunta a una extensión del tratado, también lo es que puede haber modificaciones para endurecer las reglas de origen de diferentes productos, incluidos los bienes de consumo.
Estos cambios podrían afectar el carácter originario de los productos, lo cual ocasionaría que no pudieran obtener un trato arancelario preferencial y que, por ende, tendrían que pagar el IGI, obligando a las empresas a replantear sus cadenas de suministro y enfrentarse a incrementos en costos, ya sea por el pago de aranceles o por el uso de insumos regionales más costosos, con la posibilidad de que dichos costos se trasladaran al consumidor final.
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Nota del editor: Jesús Robles Nacif es Socio de Comercio Internacional y Aduanas de KPMG México. Las opiniones publicadas en esta columna corresponden exclusivamente al autor.
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