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Alejandra Palacios, de Cofece: "No puedes poner las multas que se te antojen"

La multa a siete bancos extranjeros por manipular los precios de los bonos pone de relieve el papel del regulador de Competencia. Su presidenta defiende el castigo, criticado por "pequeño".
mar 26 enero 2021 05:03 AM
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Alejandra Palacios contó que se analizaron millones de chats entre operadores para determinar las sanciones.

Una tarea "nada fácil". Así es como Alejandra Palacios, comisionada presidenta de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) calificó la investigación de un caso de manipulación de los precios de los bonos, en el que siete bancos internacionales y 11 traders se coludieron entre 2010 y 2013 para beneficiarse de estas operaciones. El resultado es una multa de más de 35 millones de pesos (cerca de 1.5 millones de dólares), que está siendo criticada por "pequeña" y que apenas representa nada para el tamaño del negocio de estas entidades financieras. En Estados Unidos, Barclays y JPMorgan pagaron 20.7 millones de dólares para liquidar los cargos del mismo caso.

Palacios cuenta que la multa se ajusta a la ley mexicana —de hecho, a la ley anterior, que es la aplicable en este caso que tiene ya cerca de una década—, y destaca que la autoridad realizó una revisión exhaustiva de las pruebas. Tras analizar más de un millón de conversaciones en las plataformas de Bloomberg y Reuters, la autoridad en materia de Competencia Económica encontró 142 chats que incriminaban a los operadores de bonos gubernamentales.

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La complejidad de esta investigación radicó en esa cantidad de información para evaluar y puso sobre la mesa la relevancia de contar con un organismo autónomo para este tipo de indagaciones, dice Palacios. Andrés Manuel López Obrador ha criticado en numerosas ocasiones el "costo" de los reguladores autónomos, como la Cofece, y está proponiendo su desaparición y su integración dentro del gobierno.

"Si estuviéramos en un juego político, lo más fácil sería decir: 'Pongo una multa grande para que vean que somos importantes y nos necesitan'. Pero no quieres a una autoridad de competencia que esté jugando a esos juegos. Al contrario, lo que necesitas es autonomía", asegura.

Se ha criticado que la multa impuesta fue mínima. ¿Por qué las diferencias de las sanciones en México en comparación con Estados Unidos, por ejemplo?

En Estados Unidos el sistema es distinto porque el fiscal anticompetencia es una persona del Departamento de Justicia. Mi contraparte en ese país es un segundo a bordo del fiscal general, y ahí lo que hacen es negociar con las empresas.

Aquí no se negocian multas. Los agentes buscan encontrar debilidades en nuestros procesos para después impugnar en el poder judicial, y por eso tenemos que ser más conservadores. Queremos que las sanciones queden firmes.

Tampoco podemos poner multas multimillonarias, tienen que ser proporcionales (a la mala práctica), tiene que quedar firme, porque lo que nos importa es nuestra credibilidad y que no haya reincidencias. La ley anterior permite que los montos de las multas sean inferiores, pero se multa en función de la evidencia que se tiene, y revisamos miles de chats.

Este fue un caso conservador. Los acuerdos se daban a través de conversaciones en las que tuviéramos, con amplia certeza, evidencia de que hubo un acuerdo para manipular los precios de los bonos y una consecuencia en el valor de esa transacción. No hubo una afectación al valor de los bonos del gobierno en general, sino afectaciones puntuales en ciertas transacciones. Para esas transacciones puntuales, sí hubo afectaciones de precios, y esas son las que sancionamos.

Como autoridad, tú no puedes poner las multas que se te antojen, tendrían que pasar por el tamiz del poder judicial, y uno de los principios básicos de la imposición de multas es el tema de la proporcionalidad.

Santander ha dicho que impugnará la decisión, ¿puede librar la multa?

Yo creo que no, porque hemos sido muy conservadores en el sentido de lo que estamos sancionando, y son acuerdos con evidencia clara de colusión, y también hay evidencia de que estos acuerdos tuvieron impacto en transacciones puntuales. Lo que hay en el expediente son esos chats en donde se ponen de acuerdo y tienen como consecuencia el efecto de la manipulación en el precio de un valor gubernamental.

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Algunos agentes van a impugnar el tema, y las multas se pagan una vez que quedan firmes en el poder judicial. Lo que me parece interesante es que Santander dice que la multa es muy pequeña, y de todas maneras la va a impugnar.

¿Por qué se va a ir a impugnar si la multa es muy pequeña? Lo que no quiere es que haya en firme una declaración de colusión porque, en su caso, una reincidencia podría ser muy grave. Esto quiere decir que el trabajo de la Comisión es relevante porque sí logra cambiar comportamientos.

Los acuerdos puntuales tenían distintos objetivos. Por ejemplo, algunos buscaban alcanzar cierto equilibrio en la cantidad de bonos de corto y largo plazo que tiene un banco para tener cierta exposición. En términos de traders, querían tener un alcance de ganancias y pérdidas, pero también cumplir ciertos requisitos para que el banco conservara su carácter de jugador en función de los bonos que mueve. Todos los traders, salvo uno, eran operadores especializados en deuda pública.

¿Qué pasa en caso de reincidencia?

El monto de las multas puede ser del doble, pero también puedes pedir la desincorporación. Tendría implicaciones más fuertes.

No podemos inhabilitar a las empresas porque no tenemos la facultad, pero sí enviamos el expediente a la Secretaría de la Función Pública (SFP). ¿Por qué no inhabilitan las empresas?, nos preguntan. Porque es labor de la SFP.

¿Cuáles pueden ser las otras posibles consecuencias de esta investigación?

Un procedimiento alterno que sí podría surgir a raíz de esto es que, quienes estuvieron en concreto participando en esas transacciones, puedan pedir daños y perjuicios. Es decir, pueden presentar una demanda y, con el expediente de la Cofece, pedirle al juez resarcimiento de daños a ellos en particular. Hablo del público inversionista que fue objeto de esas transacciones puntuales.

No hubo una afectación al mercado en general, pero sí hubo afectación y colusión entre las acciones puntuales y los inversionistas. A quienes se les manipuló el precio en esas transacciones, podrían reclamar daños. El expediente no es público, pero pueden presentar una demanda y Cofece se lo tendrá que dar al juez.

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