Dos de estos son por el pago de colegiaturas y transporte escolar obligatorio.
Colegiaturas
Las colegiaturas que puedes deducir van desde nivel preescolar, hasta el bachillerato o su equivalente.
Como todo lo relacionado con la deducibilidad, de acuerdo con el decreto del Diario Oficial de la Federación (DOF) que se publicó el 15 de febrero de 2011, el monto de las colegiaturas están topadas por año:
Preescolar: 14,200 pesos
Primaria: 12,900 pesos
Secundaria: 19,900 pesos
Profesional técnico: 17,100 pesos
Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos
Para nivel superior o licenciatura no existe la posibilidad de deducir.
“La escuela debe separar lo que es colegiatura de otros conceptos porque solo se aplica la deducción para colegiatura. No para inscripción, materiales escolares o uniformes”, tampoco para cuotas de inscripción o reinscripción. Por eso se recomienda factura por separado”, dijo Virginia Ríos Hernández, integrante de la comisión técnica de investigación fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).
El contribuyente puede deducir las colegiaturas de su cónyuge o pareja, ascendientes o descendientes en línea recta -padre o hijos- o sus propios estudios.
“No será aplicable el estímulo a que se refiere el presente Decreto cuando las personas mencionadas en el primer párrafo de este artículo reciban becas o cualquier otro apoyo económico público para pagar los servicios de enseñanza, hasta por el monto que cubran dichas becas o apoyos”, se lee en el decreto del DOF.
Reglas
Para poder aplicar a la deducibilidad de estos gastos ¡no pagues en efectivo! Hazlo con cheque, tarjeta de crédito, débito o de servicios.
Además, “el cheque o la tarjeta tiene que estar a nombre de la persona que va a deducir la colegiatura”, señaló Ríos Hernández.
El comprobante por el pago de colegiaturas debe tener el nombre del alumno, su clave única de registro de población (CURP), el nivel educativo que cursa y el RFC de la persona que realizó el pago; así como el número de autorización o el registro de validez oficial de estudios de la escuela que emite el comprobante, subrayó la integrante del CCPM.
Una buena noticia es que las colegiaturas “no forman parte del límite de las deducciones personales que establece la Ley del ISR en el Artículo 151”, añadió.
¿Qué pasa cuando avanza de nivel?
Como sabes, el ciclo escolar inicia a mediados de año, por lo que cuando los estudiantes cambian de un nivel a otro -de primaria a secundaria o de secundaria a bachillerato-, el contribuyente “puede tomar la deducción mayor. Por ejemplo, si el niño va de preescolar a primaria, puede optar por deducir el preescolar, no importa cuantos meses sean”, subrayó Virginia Ríos.
Otro punto importante, agregó, es que si un contribuyente tiene dos hijos estudiando, puede deducir las colegiaturas de los dos hijos. Por ejemplo, si los dos estudian primaria, la deducción será de 25,800 pesos.