Publicidad

Síguenos en nuestras redes sociales:

Publicidad

¿El concurso mercantil es opción para las pymes en crisis?

Las leyes que regulan los procedimientos judiciales de insolvencia fueron diseñadas para resolver las crisis financieras de las grandes empresas, recuerda Zulima González.
jue 03 junio 2021 05:59 AM

(Expansión) - En el Comunicado de prensa número 617/20 de 2 de diciembre de 2020, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) reportó que de los 4.9 millones de establecimientos micro, pequeños y medianos registrados en los Censos Económicos 2019, sobrevivieron 3.9 millones a la crisis ocasionada con motivo del COVID-19, es decir, poco más de un millón de micro, pequeñas y medianas empresas (pymes) cerraron sus puertas definitivamente en el año 2020.

Ante esta catastrófica circunstancia, es inevitable preguntarse ¿por qué grandes empresas como Grupo Famsa o Interjet acuden al concurso mercantil para resolver su situación de insolvencia, mientras que las pymes no lo consideran como una opción factible para reorganizar sus pasivos?

Publicidad

Si bien existen diversas respuestas a esta pregunta, como lo es el estigma que existe en contra de los concursos mercantiles en México, sin duda la complejidad, el costo y el difícil acceso al procedimiento impide a las pymes recurrir a éste al encontrarse en crisis.

En primer lugar, encontramos una serie de requisitos que las empresas deben cumplir al presentar su solicitud de concurso mercantil ante los Jueces Federales. Estos requisitos no son del todo fáciles de elaborar tomando en consideración la urgencia de la empresa para gozar de las protecciones judiciales que otorga la Ley de Concursos Mercantiles.

Asimismo, algunos de estos requerimientos pueden resultar onerosos para las pymes, como por ejemplo la obligación de garantizar el monto aproximado de 130,000.00 (ciento treinta mil pesos 00/100 M.N.) para pagar los honorarios del visitador, quien es el encargado de revisar la contabilidad y documentos de la empresa para verificar su situación de insolvencia.

En segundo lugar, encontramos que el tiempo en el que se tramita un concurso mercantil resulta muchas veces perjudicial para las empresas, pues no obstante la ley busca que el procedimiento sea ágil y rápido, en la práctica nos encontramos que solamente el tiempo en que se tarda en admitirse el procedimiento, así como en emitirse la sentencia que declara a la empresa en concurso mercantil ha provocado que se agraven sus problemas económicos.

Mientras no se admita el procedimiento, la empresa no cuenta con las protecciones que prevé la Ley de Concursos Mercantiles, como lo es la suspensión de los procedimientos de ejecución en contra de sus bienes.

Asimismo, mientras no se dicte la sentencia de declaración de concurso mercantil, las deudas de la empresa siguen generando intereses, por lo que el pasivo continúa incrementándose, volviéndose casi imposible para empresas con las particularidades que caracterizan a las pymes planear una reestructura realizable.

En tercer lugar, las empresas se han enfrentado ante el problema que, a pesar de lograr un convenio de reestructura con sus acreedores, las autoridades fiscales se oponen a otorgar a los concursados la condonación de sus créditos fiscales.

Lo anterior impide que las empresas recuperen su viabilidad, especialmente si se trata de pymes, pues sus ingresos difícilmente resultarán suficientes para pagar los créditos fiscales sin que exista la posibilidad de que éstos sean condonados, al menos de manera parcial.

Publicidad
Cómo crecer exponencialmente y generar valor | Expansión Summit 2020

Este problema no es novedad, ni tampoco es exclusivo de nuestro país. Alrededor del mundo, los regímenes de insolvencia han sido poco eficientes para lograr la reorganización de las pymes, así como la liquidación ordenada de las mismas.

No obstante, las pymes constituyen la mayoría de las empresas en economías de todo el mundo, las leyes que regulan los procedimientos judiciales de insolvencia fueron diseñadas para resolver las crisis financieras de las grandes empresas.

Ante esta situación, encontramos que algunos países recientemente han modificado su legislación para incluir procedimientos especiales para enfrentar insolvencia de las pymes. Por ejemplo, a finales de 2019, Estados Unidos añadió un Subcapítulo al Capítulo 11 de su Código de Bancarrotas, llamado “The Small Business Reorganization Act”.

Además, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional actualmente se encuentra trabajando en el “Proyecto de Texto sobre un Régimen de Insolvencia Simplificado”, enfocado en crear una guía legislativa para que los países incorporen a su legislación procedimientos de insolvencia rápidos, sencillos, flexibles y de bajo costo dirigidos precisamente a las pymes.

En México, ante los problemas económicos que han enfrentado las empresas con motivo de la crisis del COVID-19, en abril de 2018, la senadora Claudia Edith Anaya Mota, con apoyo de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados, A. C. y el Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal, presentó la iniciativa de reforma a la Ley de Concursos Mercantiles para añadir un nuevo título, sobre el “Régimen Concursal de Emergencia”.

Justamente busca resolver algunos de los problemas antes mencionados que dificultan el acceso a las pymes al concurso mercantil y hacen de éste un mecanismo poco eficiente para que dichas empresas resuelvan su situación de insolvencia.

No obstante, a la fecha la iniciativa no ha sido aprobada, por lo que no existe certeza sobre cuándo las pymes gozarán con un procedimiento judicial idóneo para enfrentar sus problemas económicos y financieros en nuestro país, lo cual resulta especialmente importante ante la crisis económica actual.

Nota del editor: Zulima González es socia del despacho Pérez Correa, González. Su práctica se enfoca en litigio civil y mercantil, incluyendo casos que involucran concursos mercantiles y quiebras, así como controversias contractuales y extracontractuales, litigios de daño moral y daño patrimonial. Es licenciada en derecho por la Universidad Anáhuac. Escríbele a zgonzalez@pcga.mx y/o síguela en LinkedIn . Las opiniones publicadas en esta columna pertenecen exclusivamente a la autora.

Consulta más información sobre este y otros temas en el canal Opinión

Publicidad

Newsletter

Únete a nuestra comunidad. Te mandaremos una selección de nuestras historias.

Publicidad

Publicidad