¿Qué hacer antes de vivir en concubinato?
Viridiana García y Luis Gómez llevan un año y dos meses viviendo bajo el mismo techo, y decidieron tocar el tema de las finanzas desde las primeras semanas después de tomar la decisión.
“Le pregunté a mi pareja cuánto ganaba y le comuniqué cuánto gano, para después, definir los pagos fijos como el internet y la renta (que se mantiene fija al menos por un año). Mi pareja, al ser quien gana más, aporta el mayor ingreso que es de 70%, mientras que yo destino el otro porcentaje del total de los gastos mensuales. Además, contribuimos con los vales de despensa; para ello, yo le deposito lo que me corresponde”, relata Viridiana, quien es comunicóloga de profesión.
Ambos decidieron tener una cuenta de ahorro conjunta en donde establecieron una cantidad como meta y les funcionó, por lo que dentro de sus planes para 2026 está la adquisición de un nuevo automóvil vía crédito.
Elizabeth Mondragón, asesora financiera y agente de seguros, recomienda a las parejas poner en claro el tema económico, desde quién va a pagar cada servicio, las cuentas que cada uno tiene, seguros de vida, para que, en su caso, decidan si se pondrán como beneficiarios en caso de que alguno fallezca. Tal y como lo hicieron Viridiana y Luis.
“Igual pasa con las inversiones, no importa si son inversiones en banca tradicional o incluso si se trata de inversiones en alguna fintech. Es vital decidir quién será el beneficiario de cada servicio financiero para que, en caso de fallecimiento, esa persona pueda reclamar el dinero directamente”, explicó en entrevista con Expansión.
Tanto Luis como Viridiana tienen como beneficiarias a sus madres; y ante la pregunta de si han pensado en elaborar un testamento, aseguran que no lo han formalizado por escrito, sobre todo porque desean adquirir bienes en conjunto.
Leticia Pérez Diego, abogada, sí recomienda hacer el testamento, ya que de lo contrario no hay forma de acreditar el concubinato, y no podrían reclamarse los bienes que hayan adquirido durante la relación.
“En caso de que haya testamento, se debe acudir ante el Juez de lo familiar, y será del lugar donde haya fallecido la pareja, por ejemplo, si el fallecimiento ocurrió en un hospital de la CDMX, pero vivía en Nezahualcóyotl, se debe comprobar su domicilio de manera oficial, incluso es importante señalarlo en el acta de defunción”, explica en entrevista con Expansión.
Requisitos:
-Acta de matrimonio, este requisito es para las parejas casadas.
-Actas de nacimiento de los hijos en caso de que haya procreado hijos.
“En caso de que sea soltero, debe acompañarse una constancia de inexistencia de registro de matrimonio tanto del Estado de México, como de la Ciudad de México y en su caso del lugar donde nació”, refirió la experta legal.
Se debe acudir con la CURP del difunto (para evitar una homonimia).
En caso de no existir algún testamento, se puede acudir a un juez para acreditar que vivió con la persona fallecida por más de cinco años. Este trámite requiere de testigos mayores de edad que declaren sobre la duración y naturaleza de la relación.